Positiva gestión del Juzgado de Género al cumplirse tres meses de funcionamiento

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El trabajo que lleva adelante el Juzgado de Género logró resultados positivos al cumplirse tres meses desde que fue inaugurado, a la vez que se pudieron unificar en un mismo ámbito judicial los casos que antes estaban dispersos en diferentes jurisdicciones, para dar una respuesta integral a quienes padecen el flagelo de la violencia de género e intrafamiliar.

Al hacer un balance de gestión, la jueza de Género, doctora Norma Morán expuso: “Hemos tenido resultados positivos en que las causas, a donde se denuncia la violencia contra la mujer, ya no se encuentran dispersas, sino que están aglutinadas en este Juzgado que tiene una doble competencia: atiende las cuestiones que no son delitos, que antes atendían los Juzgados de Familia, mientras que las cuestiones penales ahora ingresan por la Unidad Fiscal de Género”.

Al explayarse sobre esta cuestión destacó la importancia de dar visibilidad al problema de violencia de género, que no sólo se da en la provincia, sino que es un flagelo global.

En ese sentido recordó, «el Juzgado de Género fue creado por iniciativa de la gobernadora, Claudia Ledesma de Zamora, quien ha plasmado la finalidad y sus objetivos en la Ley provincia Nº 7.184”.

Añadió, «se ha dado un paso fundamental que tiene como protagonista a la provincia, porque este es el primer Juzgado de Género del país. Estamos encaminados porque contamos con las herramientas necesarias en cuanto a recursos humanos y en cuanto al equipo interdisciplinario para dar cobertura a nivel psicológico y social a todas las necesidades a todas las mujeres que vienen en busca de ayuda”.

Con respecto al procedimiento que se sigue al recibirse un caso, la Jueza detalló que muchas veces, en la Oficina de Protección a las Víctimas de Violencia Familiar y de la Mujer (OVFyM), se reciben denuncias que supuestamente no son delitos. Pero si se detecta una amenaza o lesión, el caso es inmediatamente derivado a la Unidad Fiscal de Género.

A continuación, detalló los pasos que se siguen: “Cuando la denuncia ingresa por la OVFyM se hace una evaluación psicológica y del contexto en el que la mujer vive: cómo es su núcleo familiar, a qué se dedica, qué tipo de violencia se ha generado dentro del contexto en el que la mujer realiza sus actividades. De acuerdo a la información obtenida y evaluada, se pone en conocimiento de la víctima el abanico de posibilidades que tiene”.

En cuanto a las medidas de prevención que suelen adoptarse, señaló que “son corrientes la prohibición de acercamiento; la exclusión del hogar del agresor con un acuerdo por un régimen de alimentos provisorio y la búsqueda de un lugar a donde la víctima pueda estar segura”.

Además, puntualizó que no sólo se trabaja con la víctima de violencia, sino también con su entorno familiar. Si hay menores de edad damnificados, se les brinda tratamiento psicológico, en función de “lo que los profesionales aconsejen que será lo mejor para el menor, desde el Juzgado se procurará realizarlo”.

En otro orden consideró que “hay muchas mujeres que son víctimas y no se animan a denunciar por temor a perder los alimentos o la vivienda. Mientras tanto, está perdiendo algo de su ser, de su subjetividad, porque la violencia no sólo arrasa cuando hay lesiones y golpes. No sólo arrasa con la humanidad de la mujer, sino que deja huellas indelebles en el psiquismo, y eso hace que la mujer esté en ese círculo vicioso y no se anima a denunciar”.

Con esa premisa, la Dra. Morán exhortó: “Quiero animar a las mujeres víctimas de actos violentos a que se animen a denunciar, porque aquí van a recibir una respuesta”.

Por último, al referirse al marco legal con el que se trabaja, reseñó que “la creación del Juzgado ha sido formulada bajo los lineamientos de la Convención de Belém Do Pará. Allí están todos los principios, fundamentos y cimientos para la prevención, erradicación y sanción de la violencia contra la mujer”.

“A nivel provincial, continuó la Magistrada, la herramienta operativa es la Ley 7.032, en la que está estipulado todo lo procedimental, que abarca todas las medidas restrictivas que se le impone al victimario, una vez judicializada la problemática”.

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