La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la distribución y la comercialización de dos productos médicos: una bomba infusora, marca APPLIX, modelo APPLIX SMART, serie Nº 19801610 y todos los productos rotulados como «DamPharma La salud en sus manos AGUA OXIGENADA 10 Vol., Cont. Neto 1.000 ml, Ind. Argentina, LOTE 7053 VTO: 06/19».
El organismo detalla en su Boletín Oficial que, con respecto a la «bomba para infusión enteral», la Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) informa que la firma FRESENIUS KABI S.A. denunció el extravío de la misma. La firma realizó la denuncia ante las autoridades de la Dirección Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires y, a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado toda vez que se trata de una unidad extraviada e individualizada, prohíben el uso, la comercialización y su distribución.
Por otra parte, la disposición 3518/2018 prohibió el uso y la comercialización todos los productos rotulados como «DamPharma La salud en sus manos AGUA OXIGENADA 10 Vol., Cont. Neto 1.000 ml, Ind. Argentina, LOTE 7053 VTO: 06/19″ y de todos los lotes con iguales características de rotulado.
La ANMAT señala que «se trata de un producto ilegítimo que fue comercializado por la empresa titular pero que no fue elaborado en el establecimiento declarado ante esta autoridad sanitaria, que también difiere en las características de envase y rotulado respecto a las unidades originales, que se desconoce el establecimiento elaborador y si ha sido formulado de acuerdo con los lineamientos de la normativa vigente para productos cosméticos».