En vistas de esa situación, el Poder Ejecutivo dispuso la creación del «Programa de asistencia a migrantes venezolanos» con el objetivo de «facilitar el ingreso al territorio nacional, la regularización de su condición migratoria y la inserción social en la comunidad».
Entre las principales medidas que implementará el Gobierno se destaca la autorización al ingreso de venezolanos cuya cédula de identidad o pasaporte tenga un vencimiento no mayor a los dos años; así como los menores de nueve años que ingresen por vía terrestre con uno o ambos progenitores podrán presentar «excepcionalmente la partida de nacimiento, siempre que no portase alguno de los documentos».
A la vez, para aquellos que quieran radicarse no les será requerida la legalización del certificado de carencia de antecedentes penales, ya que podrá ser «verificado a través de la consulta informática a la página web correspondiente o por medio de la representación consular venezolana en el país».
A través de la disposición 520, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) también instruyó a la Dirección General de Asuntos Institucionales y Sociales y a la de Asuntos Internacionales «a fortalecer los vínculos con las provincias y los organismos con competencia en materia laboral, social, educativa y sanitaria, a fin de colaborar en la orientación de los flujos de migrantes venezolanos a las ciudades o regiones donde se requiera de sus capacidades, colaborando con el desarrollo local del lugar de destino y con el desarrollo humano de los migrantes».
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