Confirman la prisión a 8 de los policías acusados por encubrir el crimen de Lucas

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La Cámara del Crimen confirmó las prisiones preventivas de ocho de los policías de la Ciudad acusados de encubrir el crimen de Lucas González, el adolescente baleado en el barrio porteño de Barracas el 17 de noviembre último, entre ellas la de un subcomisario que se encuentra procesado en una causa por trata de personas, en el marco de la cual se le adjudica haber falsificado un acta, informaron hoy fuentes judiciales.

Las medidas fueron confirmadas por la Sala 4 de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional porteña y alcanzaron a los comisarios Juan Romero y Fabián Du Santos, a los subcomisarios Roberto Inca y Ramón Chocobar, al inspector Héctor Cuevas y a los oficiales Sebastián Baidon, Daniel Espinoza y Jonathan Martínez, detallaron los voceros a Télam.

En el caso de los primeros siete, los magistrados Alberto Seijas, Julio Lucini y Mariano Scotto rechazaron las apelaciones de las defensas en base a la gravedad del delito que se les imputa y el peligro de entorpecimiento de la investigación aún en curso, mientras que la apelación en favor de Martínez fue desestimada por «improcedente».

Puntualmente en el caso del subcomisario Chocobar, los camaristas tuvieron en cuenta además que está procesado y camino a juicio oral en el marco de una causa que lleva adelante la Justicia Federal por trata de personas.

«Tampoco puede soslayarse que registra una causa en pleno trámite ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 (causa N° .299/2014), en la que se ha citado a las partes a juicio y donde se le enrostra haber confeccionado un acta de levantamiento de clausura apócrifa para dejar sin efecto la inhabilitación dispuesta sobre una residencia donde se investiga la comisión del delito de trata de personas», indica la resolución judicial.

Tanto Chocobar como el resto de los 10 policías acusados de encubrir el crimen de Lucas están procesados con prisión preventiva por encubrimiento doblemente agravado por ser funcionarios públicos y por ser el delito precedente especialmente grave en concurso real con la privación ilegal de la libertad doblemente agravada de sus tres amigos y porque en desempeño de un acto de servicio cometieron vejaciones.

«No pueden pasarse por alto las graves características de los episodios que se le atribuyen en esta investigación pues habrían privado ilegalmente de la libertad a las víctimas y alterado rastros y pruebas del delito», cuya autoría se les atribuye a los policías Juan José Nieva, Fabián López y Gabriel Issasi, agrega el fallo.

Para los camaristas los acusados integrarían «el grupo de funcionarios que arribó al lugar instantes después del suceso e intentó aparentar un enfrentamiento armado, para lo cual, entre otras acciones, se habría introducido maliciosamente –“plantado”– un arma de utilería en el rodado que ocupaban las víctimas», al tiempo que cometieron vejaciones contra los jóvenes.

«En este contexto, es dable también presumir la existencia de riesgo de presión a los damnificados, a sus familiares y testigos que deban declarar en un eventual juicio, sobre todo si se tiene en cuenta la relación de poder, recursos y condiciones que deriva de que los imputados integren una fuerza de seguridad», consideraron los jueces.

También tuvieron en cuenta que de ser declarados culpables en un futuro juicio, las penas que les corresponderían a los policías superan el límite previsto por ley para el cumplimiento de una prisión condicional, lo que conlleva que exista riesgo de fuga de ser excarcelados.

La Sala 4 consideró que «de momento se exhiben insuficientes las alternativas al encarcelamiento previstas» y que toma «particular relevancia en torno a estos reaseguros» el «incumplimiento de compromisos legales supuestos en el reproche formulado, como los que ha debido asumir bajo juramento al ingresar en la función policial con la misión ineludible de proteger al prójimo y velar por la vigencia de la Ley».

«A diferencia de lo argumentado por la defensa, la decisión recurrida refleja un correcto análisis de los elementos de ponderación reunidos en la causa para justificar el encarcelamiento preventivo del imputado, en miras a asegurar el cumplimiento de sus futuras obligaciones, tal como lo sostiene el representante del Ministerio Público Fiscal», Leonel Gómez Barbella, a cargo de la instrucción de la causa.

El hecho

El asesinato de Lucas (17) fue cometido cerca de las 9.30 del 17 de noviembre, cuando la víctima y tres amigos de su misma edad salieron de entrenar del club Barracas Central a bordo del Volkswagen Suran del padre de uno de ellos y fueron interceptados por un auto Nissan Tiida de la Brigada de Investigaciones de la Policía de la Ciudad sin patente ni signos de ser policial, del que bajaron tres efectivos armados y sin identificar.

De acuerdo con las pruebas recabadas, los adolescentes creyeron que eran ladrones que iban a robarles, por lo que huyeron del lugar, momento en que los policías les dispararon desde distintos ángulos.

Al menos cinco tiros dieron en el auto y uno de ellos impactó en la cabeza de Lucas, quien horas más tarde murió.

Isassi, López y Nieva fueron los primeros tres detenidos y procesados por el homicidio agravado de Lucas y la tentativa de homicidios de sus tres amigos.

Luego fueron detenidos y procesados también con prisión preventiva pero por encubrimiento Inca, Cuevas, Du Santos, Romero y las oficiales Micaela Fariña y Lorena Miño, éstas dos últimas luego liberadas por falta de mérito.

En tanto, días después quedaron acusados y detenidos el comisario inspector Daniel Santana, el comisario Rodolfo Ozán, Chocobar, y los oficiales Baidon, Martínez, Ángel Arévalos y Daniel Rubén Espinosa.

Fuente: telam

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