En julio, podrán volver a incrementar sus precios otros 9,5% dando una suba acumulada del 19%. Lo mismo sucederá con las licenciatarias de Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet (SVA-I), de Servicios de Telefonía Fija (STF), de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico y radioeléctrico (SRSVFR) y de Servicios de Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital (DTH).
En tanto, los precios para la “modalidad prepaga pura” de la telefonía celular quedaron fijados de la siguiente manera:
a) Recarga de 50 MB de datos móviles por día: $27,40 en mayo y $30 en julio, con impuestos incluidos.
b) Segundo de voz: $0,42 en mayo y $0,46 en julio, con impuestos incluidos.
c) SMS: $5,50 en mayo y $6 en julio, con impuestos incluidos.
El ENACOM advirtió que cualquier cambio que las empresas “eventualmente realicen sobre sus planes, precios y condiciones comerciales con arreglo a las autorizaciones de incrementos aprobadas en la presente Resolución, deberán ser comunicadas” a las autoridades nacionales.
El Gobierno remarcó que cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las compañías y “que supere los valores expresamente autorizados”, deberá ser reintegrado a sus usuarios en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican por mora en el pago.
Además, en aquellos casos en los que algún cliente no abone su factura con estos aumentos no aprobados por la ENACOM, las prestadoras “deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio ni aplicar, con causa en dichas facturas, las demás disposiciones vigentes”. Por último, el Poder Ejecutivo les advirtió a las compañías que incumplir con esta medida “se entiende violatorio de los derechos de los clientes y las clientas e incumplimiento de las obligaciones de los prestadores y dará lugar a la aplicación de las sanciones”.
Entre los considerandos de la Resolución publicada este lunes, el Gobierno señaló que, teniendo en cuenta que “el último incremento autorizado por este ENACOM fue de aplicación segmentada y asimétrica para enero de 2022, y destacando el enorme esfuerzo que las prestadoras del sector realizan para acompañar las distintas medidas de contención de la pandemia”; correspondía “autorizar nuevos incrementos con aplicación para los meses mayo y julio 2022″.
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