Eduardo Duhalde se presentó ante a Justicia Electoral para que se determine con certeza si Cristina Kirchner está o no proscripta para presentarse como candidata en las elecciones de 2023.
La Vicepresidenta de la Nación fue condenada por el Tribunal Oral Federal 2 a una pena de seis años de prisión y la accesoria de inhabilitación especial perpetua por el caso de corrupción por la obra pública vial entregada durante doce años al empresario y socio de los Kirchner, Lázaro Báez.
A partir de entonces el kirchnerismo instaló políticamente el discurso de la proscripción. La condena no está firme. Debe ser revisada primero por la Cámara Federal de Casación Penal y luego por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ese trámite no durará menos de dos años. Entonces, mientras la condena no esté firme puede presentarse como candidata. Esto ha sucedido ya en otros casos.
Duhalde le dijo a Infobae: “Me presenté para lograr certidumbre, algo que debe dar la justicia. Los amigos de Cristina dicen que está proscripta, los otros dicen que no. Esa situación la tiene que saldar la Justicia”.
Fue por ello que presentó un escrito en el que pidió que se determine si la ex presidenta: “Se encuentra excluida del padrón electoral y en su caso si está habilitada para ser precandidata en elecciones primarias o candidata en generales, es decir que concurro ante estos estrados judiciales a los fines de que se determine si media algún impedimento legal para ser electa; por lo menos hasta que la condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal número 2 en el proceso judicial que tramitó bajo el número CFP 5048/2016, adquiera firmeza y con ello los alcances propios de la cosa juzgada. No desconozco que la acción declarativa de certeza es aquella que tiene por finalidad eliminar un estado real de falta de certeza o de inseguridad que amenace una condición jurídica y justifique la necesidad de una inmediata aclaración, pero en definitiva el nomen iuris (principio de primacía de la realidad) de la petición y el trámite que se le otorgue, quedará a cargo del elevado criterio del Magistrado interviniente”.
Duhalde dijo que realizó la presentación “a partir de que la señora Cristina Fernández en diversas presentaciones públicas ha asegurado que se encuentra proscripta para poder ser elegida como candidata en las próximas elecciones presidenciales, y desde entonces otros dirigentes seguidores de su espacio, también sostienen que fue condenada en el juicio oral por la obra pública a seis años de prisión e inhabilitada de forma perpetua para ejercer cargos públicos, con el objetivo deliberado de excluirla de las elecciones de este año”. “A estas alturas, nadie puede desconocer el clima social en el que vivimos a causa de distintas cuestiones que se encuentran flagelando intensamente a la ciudadanía. La pacificación debe ser el nuevo punto de partida que signifique -sin alternativa- el comienzo de una nueva etapa en el País, que resulta innegable que la sociedad tanto merece, reclama y necesita”, continuó.
El ex gobernador de Buenos Aires y Presidente de la Nación agregó: “En vísperas del proceso electoral, en honor al derecho individual y colectivo a elegir y ser elegido -de indiscutible naturaleza constitucional y convencional-, y justamente aún cuando -de momento- ningún gravamen constitucional se ha configurado, ante el desconcierto social instalado por destacados actores políticos, mediáticos e intelectuales, corresponde llevar certeza a todos los ciudadanos argentinos en condiciones de sufragar durante las próximas elecciones, respecto a si la doctora Cristina E. Fernández de Kirchner se encuentra excluida del padrón electoral, por causa de la condena penal en orden al delito de administración fraudulenta en perjuicio del estado, o bien si puede de ser precandidata en elecciones primarias o candidata en las generales”.
En su presentación ante la Justicia Electoral, Duhalde citó legislación y algunos antecedentes para luego concluir que: “Queda claro entonces que la única manera que un ciudadano se vea impedido de ser electo como precandidato o candidato a un cargo público, es cuando se haya dictado en su contra una condena por delito doloso, y que la misma se encuentre firme, es decir pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme nuestra legislación, y hecha la salvedad del caso de los delitos de lesa humanidad, sería esa la exclusiva forma en que una persona quede inhabilitada.
Finalmente pidió que sea la justicia la que “dicte un pronunciamiento que elimine el estado real de incertidumbre que se ha suscitado en la Ciudadanía respecto a si la Señora Vicepresidente Cristina Elisabet Fernández se encuentra legalmente habilitada para elegir o ser elegida en elecciones primarias o generales o, de adverso, si existen impedimentos para ello”.
Infobae