Las claves detrás del fallo que habilitó las elecciones en Boca: la decisión sobre los socios objetados

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El vicepresidente de Boca Juniors, Juan Román Riquelme, saluda a los aficionados del club frente al estadio La Bombonera en una manifestación en apoyo al exfutbolista, el domingo 3 de diciembre de 2023, en Buenos Aires. En las carpas montadas sobre su césped se votará la nueva conducción (AP Foto/Gustavo Garello)

Y un día se terminó la novela: la Sala E de la Cámara Civil compuesta por los jueces Ricardo Rosi, José Fajre y Marisa Sorini decidió que la cautelar otorgada en primera instancia por la magistada Alejandra Abrevaya que suspendía los comicios en Boca estaba mal concedida y habilitó para que se hagan las elecciones con el padrón completo cuando la institución así lo decida. Y lo decidió rápido Riquelme: instruyó a la Junta Electoral a hacer la reunión de Comisión Directiva esta misma noche o a más tardar mañana para fijar el domingo 17 como fecha de acto eleccionario. ¿Hay alguna alternativa para que esto no se lleve adelante? Sí, que la oposición decida recurrir el fallo de la Cámara por recurso extraordinario y vayan a la Corte Suprema. Parece altamente improbable llevar hasta esa instancia esta cuestión.

El fallo de la Cámara tiene dos vías. Por un lado establece que los 13.800 socios objetados ya tienen su derecho adquirido hace más de un año y que eso no fue discutido en su momento, y que además en la presentación del caso no se pidió que se los devuelva al status anterior, el de adherentes. Por lo que basándose en el artículo 18 del Estatuto del club los considera plenamente con derecho a voto. Por otro lado, manifiesta que tampoco estos socios fueron oídos por la jueza antes de tomar una decisión.

Esta es sólo una de las falencias que le adjudica a la resolución de la magistrada, ahora revocada. También le señala que para suspender un acto de esta naturaleza tiene que tener algún grado de certeza importante y no mera sospecha de que puede estar ante una situación irregular. En su decisorio, la Sala no pide prueba contundente, pero sí una hipótesis sólida que, en principio, dicen, ellos no la ven. Por eso también voltea la cautelar y permite la elección ahora mismo y con todo el padrón presentado por el oficialismo oportunamente.

También el fallo dice que si había una conducta poco transparente el caso debía llevarse adelante cuando se sospechó el presunto ilícito, un año antes, y no ahora, cuando esos socios ya lo son por pleno derecho. La oposición puede contestar que en dos oportunidades pidió que se les deje ver el padrón completo y que eso se postergó hasta poco tiempo atrás, pero para la Sala no parece un argumento viable. En este caso, los jueces de la Sala E tomaron un criterio similar al que se utilizó en otro juzgado en 2019 cuando fue la lista de Jorge Ameal la que protestó por el pase de adherentes a activos a último momento y el caso fue desestimado.

Ahora bien, si las elecciones son el 17 y gana la oposición, toda la artillería judicial quedará en la nada. ¿Pero qué pasará en caso de ganar la lista que encabeza Juan Román Riquelme? Ahí la lista de Andrés Ibarra y Mauricio Macri podrían seguir adelante para que se resuelva el fondo del asunto (recordar que la medida cautelar implicaba solamente poner un paréntesis en las elecciones hasta que la jueza determine si era válido o no que votaran los 13.000 objetados) y, en caso que se les falle a favor, podrían impugnar el resultado. Pero esto ya sería irse mucho más adelante y también con escasas probabilidades de prosperar. Lo cierto es que hoy la Justicia tomó una determinación concreta: en Boca se vota. Y está todo dado para que sea este mismo domingo.

Fuente Infobae

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