Clodomira: Declararon la «Emergencia Alimentaria» y no se aprobó el Presupuesto 2018

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Foto archivo.

Durante el año 2018 los concejales de la Nueva Política/Cambiemos reclamaron en el recinto del Concejo Deliberante de Clodomira que el ejecutivo, a cargo de José “Toto” Herrera no mando el Presupuesto, cuando en la Nación o la provincia, aprobaron el presupuesto 2018 entre noviembre y diciembre de 2017.

La demora se agrava, ya que los concejales que fueron en la lista de Encuentro Cívico de “Cunino” Rodríguez, se pasaron a las filas del intendente, mediante una presunta alianza entre ellos, lo que cuasó malestar en los electores que votaron para que sea una oposición a los Herrera.

Esta mayoría constituida por los 7 concejales, le negaría en reiterada oportunidades, la solicitud del presupuesto 2018, y la importancia que el significa, se gobierna sin timón.

Esto se agravo el día miércoles 18 de abril, cuando los 7 concejales oficialista declararon la “Emergencia Alimentaria” hasta el 2019, y la adquisición de mercadearía, sin licitación, sin precios, y lo que presume los referentes de La Nueva Política, que el actual intendente estaría preparando un caja para las dadivas y las próxima elecciones.

Los concejales Graciela Acosta y Julio Cesar Borquez esgrimieron el siguiente comentario “los siete (7) concejales oficialistas, que responden directamente al actual intendente Municipal, violando flagrantemente la Ley de Contabilidad de la Provincia y otras normas vigentes como el mismo reglamento interno de dicho Concejo».

«Aprobaron por mayoría un proyecto de ordenanza, impulsado por ellos mismos, mediante el cual declaraban la Emergencia Alimentaria en nuestra ciudad, hasta el 16/04/2019 y con perspectiva de prórroga por 180 días más y lo más grave que en el Artículo 3, estos 7 concejales oficialistas, autorizan, increíblemente, al Departamento Ejecutivo Municipal, ha contratar en forma directa la adquisición de las unidades alimentarias, sin siquiera consignar el monto en pesos de los gastos aproximados», acotaron.

A la vez añadieron que en la Ordenanza N»22/90 del Reglamento interno del Concejo Deliberante, en su Artículo 73 inciso 3 expresa textualmente, «cuando la ejecución de un proyecto propuesto demande gastos deberá consignar el monto de estos».

Finalmente manifestaron que no sólo violaron el artículo aludido, sino también lo establecido en el artículo 70 del mismo texto, que determina textualmente, «Ningún proyecto que importe erogaciones, que comprometa el crédito de la Municipalidad….”.

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