Condenaron a Aníbal Fernández por acusar falsamente a un dirigente del Partido Obrero

0
360

El ex jefe de Gabinete y ex ministro de Justicia del gobierno anterior, Aníbal Fernández, fue condenado a indemnizar con 50 mil pesos a José María Escobar, un dirigente del Partido Obrero, por haberlo acusado falsamente en una conferencia de prensa de ser el responsable de un sabotaje en 2008 a línea Sarmiento de trenes.

«Quien invoca un hecho tiene la carga procesal de demostrarlo, obligación que pesa sobre el que afirma, y que la mencionada carga es una circunstancia de riesgo que consiste en que quien no acredita los hechos que debe demostrar, pierde el pleito», sostuvo en su fallo la jueza civil y comercial federal Alicia Pérez.

La magistrada también condenó al Estado Nacional porque la responsabilidad de sus funcionarios se hace extensiva , según la resolución a la que accedió Infobae.

El hecho que generó la causa judicial ocurrió el 4 de septiembre de 2008. Esa mañana un tres descarriló en la estación Castelar y desde la formación bajaron pasajeros y comenzaron a atacarla. Lo mismo ocurrió poco después en la estación Merlo. Por la tarde, en Casa Rosara Fernández, ministro de Justicia y Seguridad del gobierno de Cristina Kirchner, y el fiscal Carlos Stornelli, entonces ministro de Seguridad de la provincia de Buenos Aires, donde ocurrieron los hechos, dieron una conferencia de prensa en la que mostraron fotos de lo ocurrido y denunciaron un sabotaje del Partido Obrero.

«El que dirigió toda la operación, en este caso, es un militante del Partido Obrero, que se llama José María Escobar, que es preceptor de una escuela, debería haber estado trabajando en ese momento. La gente que está presente es la que dice que esta persona es la que se quita un buzo, lo mete dentro de un balde, lo prenden fuego, cuando el buzo prendió fuego lo tiran adentro con eso y comienza el incendio de los siete vagones», dijo Fernández.

Un periodista le preguntó si Escobar estaba preso y Fernández contestó: «No, aún no. Aspiro que sea en los próximos momentos porque le estamos aportando las filmaciones al juez que entiende en la causa que proceda con la detención de este personaje que fue el que incentivaba a la gente en Merlo precisamente para poder seguir adelante y el que prendió el buzo. Tenemos un montón de testigos que así lo han hecho saber para prender fuego los ocho vagones».

Escobar presentó una demanda contra el ministro y el estado nacional por 1.500.000 pesos por daño moral. Señaló que su nombre, sus datos personales y su imagen fueron difundidos por varios medios de comunicación tras la conferencia de prensa y que en la causa penal él y ningún integrante del Partido Obrero fueron detenidos ni acusados. Afirmó que Fernández lo acusó sabiendo que la imputación era falsa y que un funcionario público no puede usar su cargo para calumniar a una persona.

El ex ministro contestó la demanda. Su defensa señaló que no acusó falsamente a Escobar sino que se limitó a dar públicamente la información que recogió en el lugar la Policía Federal sobre un hecho grave.

La jueza Pérez explicó en su fallo por los hechos de violencia se abrió en la justicia federal de Morón una causa penal en la que fueron «imputadas varias personas, pero no así el actor», en referencia a Escobar. El caso tuvo 10 detenidos por el robo de monedas en las máquinas expendedoras de boletas que luego fueron liberados y sobreseídos por la prescripción del caso.

«No se encuentra probado, ni tampoco se infiere, que el Sr. Escobar haya prendido fuego un buzo y lo haya arrojado; además, no fue llamado a declarar ni fue imputado en la causa penal iniciada como consecuencia de los hechos acontecidos», resaltó la magistrada. La jueza señaló que de la prueba que aportó Fernández «sólo surge que el Sr. Escobar se encontraba presente en la estación Merlo, con un megáfono en la mano y rodeado de manifestantes con elementos de percusión y pancartas».

Así, la jueza sostuvo que Fernández no pudo probar lo que dijo en la conferencia de prensa. «Quién invoca un hecho tiene la carga procesal de demostrarlo, obligación que pesa sobre el que afirma, y que la mencionada carga es una circunstancia de riesgo que consiste en que quien no acredita los hechos que debe demostrar, pierde el pleito», explicó.

«Entonces, considerando la gravedad de los dichos del Sr. Fernández que apuntaron al actor (NdA: Escobar) como el autor principal de los incidentes, y que afirmó que debía estar detenido, cuando ni siquiera fue imputado en sede penal, la proyección social desdorosa de la atribución injusta, como también el efecto de aislamiento que ocasiona la pérdida o la duda sembrada sobre su reputación, debe reconocérsele en concepto de daño moral el importe de $50.000», resolvió. Al monto se le debe aplicar los intereses desde el 2008.

El fallo puede ser apelado por Fernández y por el estado nacional para que sea revisado por la Cámara Civil y Comercial Federal. Lo mismo puede hacer Escobar para que se eleve la indemnización de 50 mil pesos ya que su reclamo es por 1.500.000 pesos.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here