Aunque parezca extraño, a 35 años del restablecimiento de la democracia, el país no ha llegado a resolver adecuadamente de qué forma y con qué alcances se debería utilizar el instrumento militar de la nación en tiempos de paz. En 1991 se sancionó la ley 24059, llamada de seguridad interior, que constituyó el primer intento de establecer diferencias entre esta materia y la defensa nacional. Allí se señalaron claramente los casos excepcionales en los que las Fuerzas Armadas podrían intervenir para conjurar una crisis de seguridad. Durante 1988 se había procedido a dictar la ley de defensa nacional (23554).
Unos años antes, Raúl Alfonsín había quitado del ámbito de control de las Fuerzas Armadas a la Gendarmería Nacional y a la Prefectura Naval, lo que dejaba en claro su intención de separar las aguas. Bastante tiempo después, en febrero de 2005, pasaría lo mismo con la ex Policía Aeronáutica Nacional, la que al mismo tiempo en que dejó de depender de la Fuerza Aérea pasó a denominarse Policía Aeroportuaria.
No obstante la puesta en vigencia de ambas leyes, y tal como se dijera, se procuró dejar un resquicio para una eventual participación militar en algunas situaciones extremas o particulares, fundamentalmente bajo el concepto de apoyo logístico. Ello implicaba la eventual cooperación que las Fuerzas Armadas pudieran hacen en cuanto a medios (transporte, radares, sistemas de comunicación, etcétera) durante una determinada operación policial de envergadura. Fue bajo este criterio que se implementaron proyectos tales como el «Escudo Norte» o el «Fortín», destinados a la prevención del narcotráfico, en los cuales la Fuerza Aérea y el Ejército tuvieron un rol logístico de suma importancia, aunque tenían estrictamente vedada cualquier acción directa para reprimir o impedir la comisión de ilícito alguno. Esta restricción, en especial para la Fuerza Aérea, fue morigerada a partir de 2016, cuando se le permitió a la aviación militar interceptar aviones con planes de vuelo no autorizados que sobrevolaran el espacio aéreo nacional y obligarlos a descender.
Resulta necesario remarcar que, ante una grave conmoción interior, y solo luego de decretarse el estado de sitio, la ley de seguridad interior habilita, en su título VI, el uso de elementos de combate militares para funciones de neto corte policial.
Dieciocho años después de la promulgación de la ley de defensa nacional, Néstor Kirchner la reglamentó. Eran tiempos de Nilda Garré al frente del Ministerio de Defensa, y la prédica de la hora indicaba que era necesario limitar al máximo el rol operacional de las Fuerzas Armadas. «El control político y democrático de los asuntos de las Fuerzas Armadas es fundamental para la paz y para la integración de nuestros países sobre bases sólidas y duraderas» sostuvo Garré durante el acto de firma del decreto reglamentario.
Asimismo, la ex ministra dejó en claro el pensamiento de la administración kirchnerista: «Las llamadas nuevas amenazas como el terrorismo o el narcotráfico no son materia de responsabilidad de las Fuerzas Armadas, las que deben orientarse exclusivamente hacia la conjuración de situaciones de agresión externa perpetradas por las Fuerzas Armadas de otro Estado». Cerrando de esta manera cualquier tipo de empleo de los militares y determinando prácticamente la carencia de razón de ser de una estructura que en la actualidad cuenta con más de ochenta mil efectivos (contando las tres fuerzas armadas) y un vasto despliegue territorial en un país que se autoproclamó libre de hipótesis de conflicto.
El nuevo paradigma sobre hipótesis de conflicto
Con la segura influencia de la tragedia del ARA San Juan a cuestas, la administración de Mauricio Macri aceleró los tiempos en materia de definiciones en torno al «empeñamiento» del instrumento militar en tareas que, a diferencia del criterio doctrinario anterior, constituyen la prevención y el control de amenazas directas a la soberanía nacional, sean o no protagonizadas por fuerzas militares extranjeras.
En diálogo exclusivo con Infobae, una alta fuente del Ministerio de Defensa resumió los aspectos principales de la medida que se dará a conocer en las próximas horas: «El decreto está listo. Fue estudiado y modificado varias veces por un equipo integrado por miembros de jefatura de gabinete y de los ministerios de Defensa y Seguridad. Básicamente implica drásticas modificaciones al decreto 727/2006 que limita seriamente la posibilidad de utilizar el instrumento militar para conjurar lo que hoy el mundo considera amenazas extremas como lo son el narcotráfico, a veces bajo la forma de narco-Estados, y el terrorismo internacional, también muchas veces sostenido por gobiernos extranjeros».
Desde el entorno del ministro Oscar Aguad, señalan: «Brasil, México, Colombia y muchos otros Estados soberanos están utilizando a sus Fuerzas Armadas para controlar en menor o mayor medida el accionar de cárteles de narcotraficantes, narcoguerrillas o guerrilla islámica, o de otros orígenes. No hacerlo implica quedarnos atrás del mundo y desaprovechar además recursos humanos y materiales que cuestan mucho dinero al Estado nacional».
Cabe recordar que el presupuesto militar para el ejercicio 2018 ronda los cien mil millones de pesos. Casi el 90% se invierte en salarios y es muy poco lo que queda para inversión en material y en el sostenimiento de operaciones. «Los propios militares son reacios muchas veces a asumir nuevos roles, pero también están lo que piensan que no ser empleados para nada es la antesala al cierre definitivo de las instituciones a las que pertenecen», sostienen en Defensa.
Los principales lineamientos del decreto presidencial establecerán, a partir del reconocimiento del estatus de «objeto materia de defensa», para las amenazas relacionadas con narcotráfico y terrorismo, la pertinencia del empleo militar para combatirlas. La idea central también apunta al total control de los cielos por parte de la Fuerza Aérea y al despliegue del Ejército Argentino a las fronteras norte, oeste y sur. Para el caso del litoral marítimo y fluvial, por ahora seguirá siendo responsabilidad primaria de la Prefectura Naval, para la cual se están proveyendo en el presente nuevos buques guardacostas rápidos, fundamentalmente para control de la sensible hidrovía Paraná-Paraguay.
Especialmente en Defensa destacan: «Poniendo al Ejército en las fronteras, podremos volcar una gran cantidad de gendarmes a las calles y a las rutas, reforzando la presencia policial para reforzar la seguridad ciudadana frente al delito común. No estamos pensando en poner coroneles a pedir documentos a civiles como en otras épocas de la historia del país».
En tanto desde la jefatura de gabinete sostienen que no resulta necesario por el momento modificar ni la ley de defensa ni la de seguridad interior, sino que basta con efectuar cambios en el llamado «decreto Garré», por lo cual no es necesaria la consulta con el Poder Legislativo.
Si todo sale como está previsto, la asignación de nuevas funciones a los militares estará promulgada el próximo 2 de junio. En forma coincidente, la Universidad de la Defensa acaba de anunciar para los días 4 y 5 del mismo mes el Primer Coloquio sobre Defensa Nacional, durante el cual los organizadores esperan que «estalle» el debate sobre el nuevo rol militar.
Otras medidas en danza
En forma paralela a estos anuncios, el Ministerio de Defensa se encuentra perfilando una profunda reestructuración interna de las Fuerzas Armadas en todo lo atinente a distribución geográfica, reagrupamiento de dependencias y organismos, unificación de destinos y reestructuración de personal.
Entre las medidas que estudian Aguad y sus colaboradores se encuentra la eventual absorción por parte de la Fuerza Aérea de la Aviación Naval y la de Ejército, la taxativa obligación para el personal militar y civil de jubilarse o pasar a retiro al cumplir 35 años de servicio (contados desde el ingreso a los institutos de formación para el caso de los uniformados), la unificación de escuelas que cumplen tareas similares en la misma fuerza o entre fuerzas, la implementación de medidas de incentivo para que los pilotos de aeronave no abandonen sus carreras por falta de incentivo y ante las tentadoras ofertas de las «low cost». Y para el caso de la Armada, una clara redefinición de tareas entre esta y la Prefectura Naval Argentina, con la que hasta el presente mantiene varios puntos de superposición que generan conflicto y duplicidad de gastos. Este punto en particular está siendo analizado en forma conjunta por el primer nivel de las carteras de Defensa y Seguridad.