El Gobierno ya trabaja en el veto de la ley de movilidad jubilatoria: las opciones que analiza si el Congreso insiste con la norma

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Javier Milei vetará la ley de jubilaciones

La decisión está tomada: a menos de que surja alguna opción mejor de último momento, el presidente Javier Milei utilizará por primera vez en lo que va de su mandato la atribución del veto para dejar sin efecto la ley de movilidad jubilatoria que la oposición logró aprobar en el Senado.

“El aumento que deriva de esta ley implica un aumento del costo en términos del PBI de 1.2. Pero no es solamente un aumento que usted tiene un año, es de acá a la eternidad. Para una economía cuya tasa de interés promedio está en el 5%, implica que acaban de subir la deuda 24 puntos del PBI”, cuestionó el líder libertario al respecto.

La secretaria de Planeamiento Estratégico Normativo de la Nación, María Ibarzabal MurphyLa secretaria de Planeamiento Estratégico Normativo de la Nación, María Ibarzabal Murphy

Según anticiparon a este medio, Milei va a dejar sin efecto la nueva fórmula de movilidad jubilatoria “por completo” o “casi en su totalidad”, pero en cualquier caso, la que quede será sustancialmente diferente a la que fue aprobada con los votos de la oposición.

El secretario de Legal y Técnica, Javier Herrera Bravo, será el encargado de darle la revisión final al veto antes de que sea publicado en el Boletín Oficial en forma de Decreto, lo cual implicaría que la suba vuelva a manos del Poder Legislativo.

El jueves pasado, gracias al apoyo de un sector del PRO, los bloques de Unión por la Patria y la Unión Cívica Radical consiguieron una mayoría de dos tercios e impusieron la suba, que era cuestionada por el oficialismo.

Puntualmente, se estableció una actualización mensual de los haberes sobre la base del último dato disponible del Índice de Precios al Consumidor (IPC) e incorporó una compensación extra —o “empalme”— del 8,1%, dado que el Gobierno otorgó hasta ahora un 12,5% que no cubre el 20,6% de inflación de enero. Con este mecanismo, el ingreso mínimo garantizaría la cobertura de la canasta básica del adulto mayor.

“En un acto de populismo demagógico, sancionó un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional que establece gastos exorbitantes sin su correspondiente partida presupuestaria, lo que implicaría necesariamente que el Gobierno vuelva a caer en las viejas prácticas de la emisión monetaria, el aumento de impuestos, o el endeudamiento, que son las mismas recetas que nos han llevado al fracaso durante los últimos 100 años”, sostuvo al respecto la Oficina del Presidente, mediante un comunicado.

El Senado aprobó la norma (Jaime Olivos)El Senado aprobó la norma (Jaime Olivos)

El anuncio de Milei de vetar la medida generó, sin embargo, un rechazo por parte de algunos legisladores, que advirtieron que si el mandatario nacional usa ese mecanismo, que le es atribuido por la Constitución, la oposición va a insistir en el Congreso para que quede firme.

Para ratificar el proyecto, a pesar de la negativa del Presidente, la oposición deberá someterlo nuevamente a votación y contar con el apoyo de los dos tercios de los miembros presentes en ambas Cámaras.

Si ocurre esto, en la Casa Rosada ya tienen en mente dos estrategias: la primera de ellas es la de judicializar la ley, ya que la misma no cumple con la normativa vigente sobre “administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional”.

Según indica el artículo 38 de la ley 24.156, toda iniciativa aprobada en el Congreso “que autorice gastos no previstos en el presupuesto general, debe especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento”.

Como esto no ocurrió en el texto que sancionó la semana pasada el Senado, las autoridades nacionales entienden que la norma no tiene validez, aunque si tampoco se consigue dejar si efecto el aumento de esta manera, se recurrirá a la alternativa de última instancia, que es la de aceptar la suba y sacar los fondos que se requieren para su implementación de otras partidas del Estado, para resguardar así el equilibrio fiscal.

Fuente Infobae

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