Francisco Javier García Cabeza de Vaca, gobernador de Tamaulipas, hizo llegar hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación una demanda en la que reclama discriminación en contra suya y de su familia porque un exclusivo fraccionamiento de la Ciudad de México les impide hacer uso de su campo de golf.
El gobernador de Tamaulipas, uno de los estados más violentos de México, en la frontera con Estados Unidos, reclama la violación de sus derechos humanos porque la administración del Club de Golf Bosques de Santa Fe no lo reconoce como socio.
Esto –argumenta el gobernador– a pesar de que él compró un departamento de 14.3 millones de pesos (como 715.000 dólares), en ese exclusivo fraccionamiento ubicado en el poniente de la Ciudad de México.
La administración del club argumenta que el gobernador no cumple con los requisitos de sociedad. Aunque sea propietario de un departamento en el fraccionamiento, explica, hace falta una autorización del consejo de administración que lo reconozcan como socio, pero no se la han concedido.
Como el gobernador y su familia no pueden hacer uso del campo de golf, presentó ante un juez federal una demanda por discriminación y exigió la reparación del «daño moral» por una suma –no conocida– en dólares.
«En nuestra calidad de accionistas del club de golf y también como propietarios del departamento –tal y como este término se define más adelante–, demandamos que se condene a los codemandados a permitir a los suscritos y a nuestras menores hijas, el acceso, uso y disfrute irrestrictos a las instalaciones deportivas, recreativas y demás del club de golf», se anota en la demanda.
El gobernador ganó la demanda en primera instancia y volvió a ganar en la apelación de la sentencia que presentó el fraccionamiento. Un juez y una sala civil le concedieron la razón al político y condenaron al club a pagar la indemnización en dólares.
El club de golf recurrió entonces a un amparo como última instancia. En esta etapa de la batalla un Tribunal Colegiado propinó el revés al gobernador.
El tribunal consideró que los alegatos del club de golf son justificados y que el gobernador no cumple con los requisitos legales y estatutarios para ser accionista. También consideró que la compra del departamento no obliga a la administración del fraccionamiento a concederle la calidad de socio.
El gobernador contraatacó y llevó su demanda hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde solicitó un amparo contra la decisión del tribunal.
Su argumento: que el Tribunal Colegiado se abstuvo de aplicar en su beneficio el principio pro persona (que pone por encima de todo criterio los derechos humanos de la persona) y realizar, en cambio, una interpretación que afecta sus derechos humanos.
En la Suprema Corte el ministro presidente, Luis María Aguilar, desechó por improcedente la solicitud de amparo del gobernador. Pero la Sala Primera aceptó revisar si la decisión fue apegada a derecho. Y todo por un campo de golf.
Fuente: Infobae