Tales decisiones regionales fueron los principales resultados de la presidencia pro tempore del bloque por parte de la Argentina, que concluyó en agosto del año pasado.
Para concretar el objetivo de eliminación del doble cobro del AEC, los Estados parte deberán poner en funcionamiento antes del 31 de diciembre próximo la interconexión en línea de los sistemas informáticos de gestión aduanera.
Esa medida, junto con el intercambio de bases de datos, permitirá el intercambio de informaciones en lo que respecta al cumplimiento de la Política Arancelaria Común.
Entre los puntos centrales a resolver de aquí a fin de año, según el informe del Ministerio de Relaciones Exteriores al Parlamento, figura en primer lugar una compensación para Paraguay.
Esa medida se dispondrá «considerando su condición como país sin litoral marítimo, su alta dependencia de las recaudaciones aduaneras y la eventual pérdida de recaudación resultante de la eliminación del doble cobro del AEC».
Los países del Mercosur deben además garantizar el monitoreo periódico de los impactos económicos y comerciales resultantes de dicha eliminación.
Otro aspecto a definir en los próximos meses es el de las condiciones bajo las cuales los productos serán considerados como ”bienes sin transformación”.
Resta asimismo una interpretación común sobre qué se entiende por “consumo o utilización definitiva” y “país de destino final”.
Luego quedará por implementar el cobro de la diferencia de derechos, cuando el arancel nacional o el residual aplicado por el Estado parte de destino sea superior al aplicado en el Estado parte que importó el respectivo bien desde extrazona.
Un ítem adicional apunta a determinar los parámetros y el período de intercambio de estadísticas necesarias para eliminar el doble cobro del AEC; redistribuir la renta aduanera; y utilizar el procedimiento de transferencia de “cuenta corriente”.
Los negociadores trabajan sobre una propuesta de reglamentación de la primera etapa, que incluya «un procedimiento transparente, ágil y simplificado de transferencia periódica de los saldos netos de recaudación tributaria (cuenta corriente), que contemple los procedimientos internos de cada Estado parte».
Los países del área evalúan otras acciones puntuales en el tema arancelario, es decir, al margen de diferentes cuestiones de la relación regional (incentivos, procedimientos, asimetrías, etc.).
La Comisión de Comercio del Mercosur, por caso, deberá elaborar antes de fin de año una propuesta de mecanismo (incluidos sus condiciones y procedimientos) que permita a un Estado parte elevar, de manera temporaria, las alícuotas de derecho de importación aplicadas a las importaciones de extrazona de un determinado producto.