El próximo martes, Eduardo Palma asumirá como secretario de la UTA de Santiago del Estero

0
561

Tras varios meses de una intensa lucha, el próximo martes 23 de mayo asumirá la nueva conducción de la Unión Tranviarios Automotor de Santiago del Estero, encabezado por Eduardo Palma referente de la Lista Azul. 

En diálogo con LA BANDA DIARIO Eduardo Palma indicó, «estamos muy contentos, porque la justicia ha ratificado nuestra clara y legítima victoria en las urnas. En diciembre de 2022 hubo elecciones en todo el país, y en Santiago del Estero los compañeros dijeron basta y votaron por un cambio».

Más adelante expuso, «por maniobras espurias no nos dejaron asumir, por eso iniciamos un reclamo y ahora Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo-Sala 1, nos está dando la razón y ordenó al Ministerio de Trabajo de la Nación que nos pongan en funciones».

En este contexto apuntó, «por tal motivo este martes, estaré en Buenos Aires más precisamente en el Ministerio de Trabajo, ya que me pondrán en funciones y me brindarán los instrumentos legales para hacerme cargo de nuestra delegación en la provincia».

Concretamente la Cámara de Apelaciones indicó, «A tenor de la resolución adjuntada, téngase a la Dra. Mayra Rafaela Cosentino por presentada en su carácter de letrada apoderada de la Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Asimismo, téngase por constituidos los domicilios procesal y electrónico, tomando debida nota en
el sistema informático.

En función de las manifestaciones formuladas por dicha cartera administrativa y atento al
requerimiento efectuado en la pieza bajo despacho, aclárese el tramo aludido de la sentencia interlocutoria dictada por esta Sala el 5/05/23, a los fines de despejar cualquier duda interpretativa que pueda existir al respecto. Dicho decisorio, en tanto dispone que el “pronunciamiento jurisdiccional” a través del cual fue admitida la medida cautelar “goza de plena fuerza ejecutoria”, debe interpretarse en el sentido de que la medida cautelar acogida por el Juez de Feria mediante el fallo dictado el 3/01/23, luego confirmado por la Sala de Feria a través de la resolución datada el 19/01/23, debe ser materializada y cumplida inmediatamente.

A tales fines, y de conformidad con la condición de autoridad de aplicación de la ley 23.551, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación ostenta plenamente las facultades de adoptar las decisiones y medidas que resulten del caso. En consecuencia, deberá confeccionar y entregar certificados provisorios de autoridad a favor de los accionantes y los integrantes de sus respectivas listas, en forma inmediata, todo ello de conformidad con los pronunciamientos adoptados en el presente trámite jurisdiccional».

Haz click aquí doc1320719273 para leer la decisión completa de la Justicia

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here