Empleo doméstico: cuánto se cobra en febrero de 2025 por hora y por mes

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Empleo doméstico: cuánto se cobra en febrero de 2025 por hora y mes (Foto: Adobe Stock).

Los salarios de las trabajadoras de casas particulares en febrero de 2025 varían según la categoría y la modalidad de trabajo, tras la última actualización del 1,3% retroactivo en diciembre y 1,2% en enero.

Cuánto cobran las trabajadoras de casas particulares en febrero de 2025, caso por caso

Supervisores con retiro:

  • Hora: $3435,68.
  • Mes: $428.761,46.

Supervisores sin retiro:

  • Hora: $3714,74.
  • Mes: $477.591,80.

Personal para tareas específicas con retiro:

  • Hora: $3252,97.
  • Mes: $398.343,91.

Personal para tareas específicas sin retiro:

  • Hora: $3521,49.
  • Mes: $443.424,27.

Caseros:

  • Hora: $3072,42.
  • Mes: $388.647,91.

Asistencia y cuidado de personas con retiro:

  • Hora: $3072,42.
  • Mes: $388.647,91.

Asistencia y cuidado de personas sin retiro:

  • Hora: $3435,67.
  • Mes: $433.107,44.

Personal para tareas generales con retiro:

  • Hora: $2849,50.
  • Mes: $349.507,04.

Personal para tareas generales sin retiro

  • Hora: $3072,42.
  • Mes: $388.648,10.
Cuánto cobran las trabajadoras de casas particulares en febrero de 2025 (Foto: Adobe Stock).
Cuánto cobran las trabajadoras de casas particulares en febrero de 2025 (Foto: Adobe Stock).

Cuáles son las categorías de los trabajadores de casas particulares

Según las tareas realizadas, un trabajador de casa particular pertenece a una determinada categoría. Cada una de ellas, tiene asignada una remuneración mínima para la modalidad “con retiro” y “sin retiro”. También se especifica una remuneración “por hora” y otra “mensual”.

  • Supervisor: coordina y controla las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Se encuentra en la primera categoría.
  • Personal para tareas específicas: cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal. Forman parte de la segunda categoría.
  • Caseros: ubicados en la tercera categoría, abarca al personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda, donde habita debido a su actividad y por el contrato de trabajo.
  • Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas tales como, personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores. Se encuentran en la cuarta categoría.
  • Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Forman parte de la quinta categoría.

Fuente TN

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