Jurado de enjuiciamiento removió al camarista penal Pérez Roberti

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El jurado de enjuiciamiento removió este viernes al doctor Osvaldo Pérez Roberti del cargo de Vocal del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal que ejercía, inhabilitándolo según lo establece el art. 200 de la Constitución de Santiago del Estero, por considerar que incurrió en dos causales de destitución, como el mal desempeño y desconocimiento inexcusable del Derecho al conceder permisos de salida transitorios de la cárcel a un condenado, Federico Guardo.

La lectura del veredicto la realizó el secretario del cuerpo colegiado, Dr. Ricardo Tahhan, en ausencia del acusado, por lo que de oficio se designó a la defensora penal oficial, doctora María Elisa Paz de Espeche, para que representara al ahora ex magistrado.

Por esa razón, se lo notificará de la resolución unánime del jurado con una copia de los fundamentos de la decisión adoptada.

Al término del juicio, el Dr. Lugones Aignasse destacó que “es importante que hayan funcionado en plenitud las instituciones” para subsanar un error de un magistrado.

Además, advirtió que “los funcionarios conocemos, al asumir un cargo, cuáles son las responsabilidades con las que debemos cumplir”.

Los consejeros decidieron la apertura del proceso de enjuiciamiento y elevó las actuaciones al Superior Tribunal de Justicia, que cumplió con los pasos previstos para estos casos que son la suspensión en su cargo del magistrado y se decide la conformación del jurado.

El mismo se conformó con el Vocal del STJ, Dr. Carlos Lugones Aignasse, como Presidente del cuerpo. En representación del Poder Judicial fueron seleccionados el fiscal, Dr. Ricardo Lissi y el camarista penal, Dr. Abelardo Basbús. En representación de la Legislatura, lo hicieron los diputados María Sabalza, José Giménez y Florencia López de Zavalía. Por su parte, el Colegio de Abogados designó a tres matriculados, los Dres. Félix Demasi; Silvia Basbús y Mario Habra.

La comisión de acusación, integrada por los consejeros Dres. Pedro Ibáñez; Pablo Sirena y Luis Herrera, formuló los cargos contra el camarista penal y le corrió vista para que ejerza su defensa por escrito. Posteriormente, las partes ofrecieron las pruebas que consideran pertinentes.

El paso posterior fue el debate oral, en cuyo transcurso se leyó la acusación y la contestación a la misma; se brindaron testimonios y se presentaron las pruebas pedidas, para pasar a los alegatos.