La ANMAT prohibió además «la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE 04056987 y RNPA 04003741, por ser productos falsamente rotulados que utilizan números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales».
En ese sentido el organismo señaló que al tratarse de productos ilegales «no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad» y son por lo tanto potencialmente peligrosos para la salud de quienes los consuman».
Disposición 519/2023
Fuente MinutoUno