La Jefatura de Gabinete defendió los cambios en el uso de armas de las fuerzas federales

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El nuevo reglamento referido al uso de armas de fuego por parte de los agentes de fuerzas de seguridad generó críticas, aceptaciones, justificacionesy hasta la intervención de la Justicia porteña, en donde el juez en lo contencioso administrativo y tributario de la Ciudad, Roberto Gallardo, prohibió aplicar el reglamento.

El dictamen del Ministerio de Seguridad de la Nación es aplicable a todas las fuerzas federales de seguridad (Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria). Allí se establece que los miembros de las fuerzas sólo podrán usar las armas en cumplimiento de sus deberes cuando sea estrictamente necesario y en la medida en que lo requiera el desempeño de sus tareas.

Desde la Jefatura de Gabinete publicaron una carta en la cual aseguraron que «la nueva redacción armoniza los distintos reglamentos anteriores (cada fuerza tenía uno diferente) y está basado en el código de conducta para funcionarios policiales recomendado por Naciones Unidas, vigente en países como Uruguay, Chile y México».

Allí también explicaron cómo funcionaba el criterio para el uso de armas de fuego por parte de las fuerzas federales: «Hasta ahora, los agentes de las fuerzas federales prácticamente no podían utilizar sus armas de fuego para defenderse o defender a los demás. Tampoco para detener a los delincuentes o impedir su fuga, incluso aunque hubieran matado o intentado matar a una persona. Ni siquiera podían usarlas para impedir la comisión de un delito que atentara contra la vida o la integridad física de terceros o de ellos mismos, porque debían esperar a que el agresor disparara y solamente después de eso podían repeler las hostilidades a modo disuasivo».

El texto continuó comparando el nuevo escrito con el reglamento anterior de Gendarmería: «Allí decía que, ante un enfrentamiento directo, los gendarmes debían usar la fuerza física natural, aplicar conocimiento defensivos como el ‘judo’, usar proyectiles de goma y sólo como último recurso podían acudir a las armas de fuego, pero no para disparar sino con fines intimidatorios».

Dentro de la nueva normativa, según la Jefatura de Gabinete, «se establecen pautas objetivas para actuar frente a un delito en el que exista un peligro inminente contra la vida o integridad física de las personas».

La carta prosiguió: «Los integrantes de las fuerzas federales podrán emplear las armas de fuego en casos de defensa propia o de terceros, ante un peligro inminente de muerte o de lesiones graves, cuando se presuma verosímilmente la existencia de armas de fuego o cuando pueda haber agresiones mortales aun sin armas de fuego».

«El nuevo reglamento les da más claridad a los agentes federales sobre en qué situaciones pueden actuar para impedir un delito o proteger sus vidas. Y es parte del proceso del Gobierno de valorizar y respetar a las fuerzas federales, con más capacitación y equipamiento, acompañado también por más exigencia y transparencia. Queremos cuidar a los que nos cuidan, porque es nuestra responsabilidad y porque sintiéndose cuidados van a hacer mejor su trabajo», concluyó el comunicado.

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