La Justicia falló a favor de la extradición de Facundo Jones Huala a Chile

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El juzgado federal de Bariloche adelantó para este lunes una decisión que debía comunicar el martes y falló a favor de la extradición del líder mapuche Facundo Jones Huala a Chile. Sin embargo, el dirigente, condenado en el país vecino por actos terroristas, aún puede apelar en dos instancias, por lo que su traslado no será efectivo inmediatamente.

Si bien el traslado del detenido estaba previsto para este martes, el juez subrogante Gustavo Eduardo Villanueva, a cargo de la causa, decidió acelerar los tiempos y entregar antes a Jones Huala para que cumpla la pena que le fue impuesta el 21 de diciembre de 2018 por la Primera Sala No Inhabilitada del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad trasandina de Valdivia por “incendio” y “tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal”.

“Comunicar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación y al Departamento INTERPOL de la Policía Federal Argentina, lo resuelto en este proceso, con la información relativa al tiempo de detención sufrido”, ordenó el magistrado en su fallo.

Asimismo, solicitó al Estado de Chile “que se computara el tiempo de privación de libertad que demande este proceso, como si lo hubiese sufrido durante el curso del proceso que motivo el ́requerimiento” de extradición y “que extreme los recaudos en pos a de garantizar el respeto por la vida e integridad física, psíquica y moral” de Jones Huala.

Al hacer lugar al traslado, Villanueva sostuvo que no encontró “motivos suficientes y valederos que conduzcan a concluir” que el líder mapuche “pueda verse expuesto a tratos incompatibles con los estándares internacionales de derechos humanos ni para dudar que Chile —con quien nos une una larga tradición de asistencia recíproca— aplicará con justicia la ley de la tierra”.

“En especial, si se toma en consideración que -en caso de verificarse alguna de esas prácticas- tendrá a su inmediato alcance un amplio abanico de opciones para hacer cesar o corregir los actos lesivos mediante presentaciones ante organismos nacionales o supranacionales -que, dicho sea, han controlado regularmente el estado y desarrollo de las instituciones penales chilenas-”, agregó.

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