La Justicia le ordenó al Gobierno que entregue toda la información sobre el acuerdo con el FMI

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La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó al Poder Ejecutivo Nacional que entregue en formato digital todas las actuaciones administrativas relacionadas con los dos préstamos acordados con el Fondo Monetario Internacional (FMI) durante el año 2018. De esta manera, los jueces Jorge Argento, Sergio Fernández y Carlos Grecco hicieron lugar a un amparo promovido por Eduardo Coddiani, miembro del Centro de Estudios para la Integración Financiera (CINFIN).

La acción fue interpuesta luego de un pedido de acceso a la información formulado por Coddiani al PEN, cuya respuesta consideró vaga e incompleta. El integrante de CINFIN había solicitado el texto completo del contrato firmado o a firmarse entre la Argentina y el FMI, todos sus anexos, las condiciones del préstamo, entre ellas, si se habían suscripto cláusulas con prórroga de jurisdicción hacia tribunales extranjeros en caso de controversias, y toda otra documentación relacionada con los empréstitos.

Frente a lo que consideró una respuesta incompleta por parte del Ejecutivo, Coddiani interpuso una acción de amparo que se radicó en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nro. 10, subrogado por el juez Esteban Furnari quien rechazó la demanda. Contra este pronunciamiento interpuso un recurso de apelación ante la Cámara. La Sala III del tribunal de alzada le pidió opinión al Fiscal Rodrigo Cuesta, quien opinó que se debía revocar la sentencia que rechazó el pedido de CINFIN.

Tras ese dictamen, la Sala III de la Cámara resolvió ordenar al Poder Ejecutivo Nacional que entregue al actor en formato digital las actuaciones administrativas por las que se decidió tomar los créditos, las cláusulas de prórroga de jurisdicción y la copia del acuerdo firmado entre las partes.

Para fundar el fallo, los camaristas citaron jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que ha señalado que el «fundamento central del acceso a la información en poder del Estado consiste en el derecho que tiene toda persona de conocerla manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan».

Asimismo, destacaron la postura de la Corte Interamericana de Derechos Humanos acerca de que la información pertenece a las personas, «no es propiedad del Estado y el acceso a ella no se debe a una gracia o favor del gobierno».

Los jueces recordaron además que la Corte Suprema ha señalado que «la negativa a brindar la información requerida constituye un acto arbitrario e ilegítimo en el marco de los principios de una sociedad democrática e implica, en consecuencia, una acción que recorta en forma severa derechos que son reservados… a cualquier ciudadano».

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