Durante abril de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —el organismo que reemplazó a la AFIP— continúa con un estricto control sobre las cuentas bancarias y billeteras virtuales de los contribuyentes.
¿Qué operaciones controla la ARCA?
ARCA pone especial atención en usuarios que cumplan alguna de estas condiciones:
- Realicen transferencias superiores a $600.000.
- Mantengan saldos iguales o mayores a $1.000.000 en cuentas bancarias.
- Acumulen operaciones por más de $2.000.000 en billeteras virtuales.

Cualquier operación que supere estos umbrales puede ser analizada por el organismo, que busca identificar movimientos inusuales, no declarados o sin justificación legal.
Si no podés justificar el origen del dinero o no respondés a tiempo los requerimientos, la ARCA puede aplicar sanciones que van desde multas económicas hasta el bloqueo preventivo de cuentas, o incluso reportes ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
Qué hacer para evitar problemas con ARCA
Aunque muchas de las operaciones que generan alertas son habituales —como mover dinero entre cuentas propias o usar apps de pago—, ciertos errores pueden encender alarmas y derivar en auditorías, bloqueos de cuentas o multas.
Claves para no tener complicaciones:
- Respondé a los pedidos de información de tu banco o billetera virtual. Si te solicitan justificar el origen de fondos, presentá la documentación sin demoras.
- Guardá respaldo de todas tus transferencias. Aunque el dinero vaya entre cuentas tuyas, es necesario poder explicar con qué fin se movió y de dónde proviene.
- No superes los topes operativos sin avisar. Cada banco o app tiene límites diarios o mensuales. Si los vas a superar, comunicalo antes para evitar que congelen tu cuenta.
- No hagas movimientos sin justificación clara. Transferencias o ingresos grandes que no estén respaldados pueden activar una fiscalización directa por parte del organismo.
¿Qué documentación puede pedir ARCA?
En caso de una revisión, la ARCA puede solicitar que justifiques tus operaciones con documentación como:
- Facturas por compra o venta de bienes o servicios.
- Contratos o escrituras por venta de inmuebles, autos o acciones.
- Recibos de sueldo, comprobantes de haberes o pagos previsionales.
- Facturación de actividad reciente (en caso de monotributistas o autónomos).
- Constancia de inscripción en ARCA.
- Certificación del origen de fondos firmada por un contador público.
Fuente TN