Por tercer mes consecutivo, en mayo los recursos tributarios acusaron una singular contracción en términos reales, a ritmo de dos dígitos porcentuales, en comparación con los valores de un año antes cuando la economía acusaba una modesta recesión.
Ahora, por efecto del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, el cual se extendió a todo abril, base de la recaudación de mayo, y también a gran parte del último mes, en particular en los grandes centros urbanos de más de 500 mil habitantes que es donde se concentra tanto la generación de riqueza como el consumo de la mayor parte de los 45 millones de habitantes, el total de los recursos tributarios apenas subió en valores nominales 12,4%, a $499.535 millones, por efecto exclusivamente de la inflación acumulada en los últimos doce meses de poco más de 45 por ciento.
Si se deduce el efecto de la suba del promedio general de inflación de 45,6% sobre los impuestos vinculados con la actividad; así como el aumento nominal de los salarios sobre los recursos de la Anses que fue de 46,5% y caída del empleo registrado 3,2%, y la variación del tipo de cambio en 53,1%, sobre el comercio exterior, surge una caída en términos reales de 22,5%, en comparación con los valores de un año atrás.
Semejante retroceso de los recursos tributarios fue anticipado por las consultoras privadas, como Iaraf y CEPA, a partir de la parálisis en abril de la producción de bienes durables como automotores, motos, muebles, artefactos para el hogar, electrónica y textiles, principalmente; junto al receso que también comenzó a registrar el consumo de bienes esenciales, como alimentos, tras las compras anticipadas en abril; el cierre de fronteras y la propia recesión internacional, porque debilitó al extremo el comercio exterior, los datos de exportaciones e importaciones a Brasil dieron cuentas de sendas caídas en valor de 55,6% respecto de mayo de 2019; y la disminución de aportantes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)
Sólo mostró resiliencia a la crisis generada por la pandemia de la COVID-19 los recursos tributarios percibidos por la AFIP por el cobro del Impuesto a los Bienes Personales, porque la base imponible se concentra en los sectores de ingresos muy superiores al promedio general; y sobre los débitos y créditos bancarios por el singular impulso del uso del dinero electrónico, como se denomina a los pagos con el uso de tarjeta de débito bancario; transferencias inmediato, billetera electrónica y débitos y créditos inmediatos.
El informe mensual UDE Link correspondiente a abril dio cuenta que “en el mes se sumaron 2,6 millones de usuarios y 5,5 millones en comparación con un año antes, ascendió a 34,5 millones distribuidos entre todos los servicios, a un ritmo de 8,3% en el mes y 19% en los últimos 12 meses”.
En los primeros 5 meses de 2020 la recaudación de la AFIP sumó $ millones, subió en valores nominales %, mientras que ajustada por inflación disminuyó %, en comparación con igual período del año anterior
En los primeros 5 meses de 2020 la recaudación de la AFIP sumó $2.340.808 millones, subió en valores nominales 28,3%, mientras que ajustada por inflación disminuyó 13,4%, en comparación con igual período del año anterior, a tono con la depresión de la actividad económica; las dificultades financieras para poder cumplir con los compromisos por parte de los contribuyentes, empresas y personas humanas; y de las facilidades de pagos y prórrogas instrumentadas por el organismo desde abril último.
Industriales pidieron más facilidades impositivas
Previa a la difusión de los datos de recaudación en mayo, las autoridades de la UIA presentaron a la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) un informe con la actualidad de las regiones y los sectores productivos del país.
Destaca la entidad fabril: “en función de las dificultades que atraviesa la industria argentina, el presidente del departamento de Política Tributaria, Carlos Abeledo, compartió una serie de iniciativas orientadas a morigerar el impacto económico y financiero de la pandemia. La ampliación de la moratoria vigente tanto a las pymes como al universo de las personas jurídicas no incluidas en la Ley 27.541, la continuidad del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción y la implementación de la cuenta corriente fiscal –que permita la utilización de saldos disponibles a favor en el pago de otros impuestos–”.
Se destacaron la ampliación para los planes de pago dispuestos por la AFIP y la mayor agilidad en la devolución de impuestos.
Fuente: Infobae