Las Casas de Justicia son ámbitos a los que cualquier persona puede recurrir para resolver conflictos de cualquier índole, para lo cual se brinda el servicio de mediación comunitaria, como una forma de conseguir una solución consensuada y sin necesidad de que intervenga directamente el Poder Judicial.
“La existencia de las Casas de Justicia se remontan al año 2001”, explicó la responsable de la Centro de Mediación Comunitaria (CEMECO), Dra. Claudia Alejandra Buffa, quien agregó: “Es una forma de hacer llegar el servicio de Justicia a las zonas más vulnerables, evitando que esta se monopolice en el Palacio de los Tribunales”.
“De esta manera puede fomentar además, la participación ciudadana y social, de forma que ellos mismos como partes de un problema, sean capaces de convertirse en la solución”, explicó la funcionaria.
Un aspecto a destacar es que “la mediación comunitaria se constituye como un servicio social muy importante, ya que permite solucionar numerosos conflictos que no ingresaría al ámbito judicial, ya sea por la temática involucrada, por la falta de recursos económicos para afrontar los gastos o porque las partes no creen necesario recurrir a la instancia judicial”, reseñó la funcionaria.
Las Oficinas se encuentran a cargo de mediadores comunitarios, quienes se forman para tal rol sin necesidad de títulos de grado o exigencias académicas y es acompañado por empleados administrativos, que son los que toman contacto con los conflicto y los que dan ingreso a los mismos, forman los legajos, etc. El servicio que en ellas se brinda, es totalmente gratuito.
Estos Centros de Mediación Comunitario cumplen tres funciones elementales: una es de contención y entrevista, tarea que la realiza la primera persona que toma contacto con quien llegare en busca de ayuda, y será quien deban discernir qué problemas pueden ser resueltos en su recinto. Si la problemática presentada es factible de mediación, se deriva a la persona a una audiencia, se fija una fecha de mediación y se los notifica través de la Policía. Si algunos aspectos del conflicto o la totalidad del mismo no fuere susceptible de resolverse por mediación, entonces se trabaja en red, esta es la tercera función y consiste en derivar, pues de debe enviar a la persona al lugar donde se le dé una solución definitiva su problema, si es que en dicho recinto no pudieren proveérsela.
Los procesos de mediaciones que se llevan a cabo en las mismas, tienen igual valor al de una mediación judicial, ya que el procedimiento que se realiza, es el mismo aunque el patrocinio legal no es obligatorio.
En este marco, habiéndose llegado a un acuerdo, los resultados son abalados por los mediadores en cuanto a la confidencialidad, a las herramientas utilizadas, las garantías del procedimiento y si las partes lo requieren, puede someterse este acuerdo a homologación judicial, a partir de lo cual éste pasa a tener valor de sentencia.
Existen cuatro “casas de justicia” en toda la provincia, una de ellas se encuentran ubicadas en el Barrio Borges (Manzana A Lote 5, Barrio Primera ampliación), otra en el barrio Campo Contreras (Manzana A Lote 14), la oficina central que se ubican cita en el Barrio Centro (Calle Tucumán 377) y el último centro se encuentra en la Ciudad de la Banda (San Carlos y Pedro León Gallo).
Dichos recintos se ubican de manera estratégica para abarcar jurisdicciones en zona centro, norte, sur y Banda).