Las cuentas bancarias deberán tener alias CBU desde el 1 de julio

0
490
Foto Web

El Banco Central (BCRA) informó  que a partir del 1 de junio entrará en vigencia la disposición de la entidad que obliga a que todas las cuentas bancarias posean un alias CBU, al tiempo que se implementará también otra normativa innovadora que consiste en que los bancos informen el «originante» de cada transferencia y su número de CUIT.

«A partir del mes próximo, todos los bancos asignarán por defecto un alias a aquellas cuentas que todavía no lo posean y también uno a las cuentas nuevas. Cada usuario podrá consultar el alias asignado a través de los canales electrónicos (homebanking, cajeros automáticos y banca móvil), y cambiarlo si así lo desea», dijo el BCRA en un comunicado difundido esta tarde.

La introducción del alias bancario permite a los usuarios identificar cada una de sus cuentas de manera más sencilla, en comparación con los 22 dígitos del CBU numérico.

Hasta el momento, informó el Central, «ya hay 500.000 cuentas bancarias con un alias CBU asignado por su titular».

Hasta el 1 de junio, los titulares de cualquier caja de ahorro o cuenta corriente podrán registrar el alias para sus cuentas, antes de que la asignación “por defecto” entre en marcha.

El formato del alias CBU “por defecto” será una combinación al azar de tres palabras breves y de uso frecuente del idioma castellano, cuya ortografía no sea ambigua cuando se transmita de manera oral.

El usuario podrá modificarlo cuando lo desee, usando cualquier combinación de letras y números de hasta 20 caracteres.

El alias CBU es portable, por lo que el cliente podrá conservarlo si se cambia de banco, dándose de baja de forma automática en la entidad anterior.

A la manera de las direcciones de correo electrónico, ningún usuario podrá registrar un alias que ya haya sido registrado por otra persona.

Con el mismo objetivo de facilitar la utilización de transferencias bancarias, desde el 1 de junio los bancos deberán informar el nombre del «originante» de cada transferencia y su número de CUIT, CUIL o CDI.

Estos datos deberán estar disponibles cuando se consulten resúmenes o movimientos de cuentas a través de los canales electrónicos en un plazo no mayor a 24 horas hábiles siguientes a la acreditación de los fondos.

Las transferencias por vía electrónica son gratuitas para los usuarios individuales sin importar su monto, según dispuso el BCRA en abril de 2016. Desde entonces, su utilización ha crecido. En abril pasado (último dato disponible) se hicieron 6,7 millones de transferencias, lo que implica un crecimiento interanual del 33% medido en cantidad de operaciones y del 63% medido en montos.

«El BCRA tiene como uno de sus ejes centrales de gestión la extensión del uso de los medios electrónicos de pago, como una vía para facilitar las transacciones de todos los agentes económicos y contribuir a la formalización de la economía», agregó el comunicado.

Fuente: Telam

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here