Los principales puntos del proyecto de reforma electoral que fue aprobado esta madrugada por la Cámara de Diputados con 152 votos positivos, y que deberá ser refrendado por el Senado para su aplicación definitiva.
– Se incorpora el voto electrónico, de acuerdo con las experiencias de los comicios realizados en Salta y la ciudad de Buenos Aires. Deberá tener garantías de auditabilidad, privacidad, seguridad, equidad, accesibilidad, confiabilidad, simplicidad, claridad y respaldo en papel del sufragio con la misma información expresada en la pantalla que servirá de respaldo del escrutinio provisorio electrónico.
– Habrá fiscales de mesa, fiscales informáticos y fiscales generales de los partidos políticos.
– Se abren las fórmulas de candidatos en las Primarias. En las PASO el elector va a tener que elegir por cada categoría de cargos. La oferta electoral no tendrá fórmula Presidente y vice, sino que solo irá candidato a Presidente, quien deberá seleccionar dentro del plazo de 48 horas su candidato a vicepresidente.
– Se crea un Consejo de Seguimiento que se constituirá al menos 240 días antes de las elecciones primarias.
– Se modifica la ley de partidos políticos, algo que estaba en el proyecto original del Poder Ejecutivo. Así, se eleva el actual cupo femenino del 30 por ciento a una nueva regla de paridad de género del 50 por ciento, intercalado uno y una.
– En el Código Nacional Electoral se agregan delitos electorales y se incluye todo un capítulo referido al régimen de sanciones a delitos o infracciones electorales.
– Se creará una comisión bicameral integrada por ocho diputados y ocho senadores para supervisar y controlar la implementación del nuevo régimen.
– El Ministerio del Interior, a través del subsecretario de Asuntos Electorales, Ezequiel Fernández Langan, será el encargado de impulsar un amplio Plan de Capacitación que se desarrollará desde principios de 2017 en los centros turísticos del país y, luego, en el resto de las localidades. El Plan consistirá en capacitar a todo el electorado para las elecciones primarias de agosto y las generales de octubre.
– Se establece que habrá auditorías del sistema electrónico a emplear previas a la elección y el mismo día del acto. Las máquinas serán auditadas por las juntas electorales de cada distrito. Una última auditoría se realizará con el escrutinio definitivo. Para ello se seleccionará una cierta cantidad de máquinas y se abrirán las urnas con los votos impresos para cotejar en un escrutinio manual si coinciden. Si se hallase diferencia la ley prevé que todo el escrutinio en ese distrito deberá hacerse en forma manual con apertura de todas las urnas.
– La Cámara Nacional Electoral realizará la recepción, totalización y difusión de los resultados provisorios, para lo cual deberá utilizar la infraestructura y los recursos tecnológicos de que dispone el Estado nacional.
– El juez federal con competencia electoral designará a un funcionario que actuará como Delegado de la Justicia Nacional Electoral como nexo entre esta y las autoridades de mesa, los fiscales, la ciudadanía, y el personal de seguridad.
– Una vez finalizada la auditoría del sistema informático utilizado previsto en la ley, la Junta Electoral Nacional de cada distrito proseguirá con el escrutinio definitivo, el que deberá quedar concluido en el menor tiempo posible.
– El proyecto fortalece las competencias de la Cámara Nacional Electoral, a la que le da la atribución también de hacer y supervisar el escrutinio provisional.