Los trabajadores deben proveerse de barbijos de confección casera

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La Secretaría de Trabajo de la provincia, comunica a todos los trabajadores exceptuados del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio vigente hasta el día 27 de abril, que deberán concurrir a sus lugares de trabajo con barbijos, tapabocas o protectores de confección personal, en el marco de lo establecido por el decreto provincial N° 580/2020, sobre la obligatoriedad y la naturaleza de este elemento de protección para evitar la propagación del COVID 19 en la población.

De este modo, la autoridad administrativa de aplicación del derecho laboral en Santiago del Estero, informó que los empleadores quedan eximidos de la responsabilidad de proveer barbijos al personal cuyas actividades no estén vinculadas al ámbito de la salud.

En tal sentido, el comunicado destaca la importancia de conceder el uso prioritario de los barbijos sanitarios que circulan en el mercado, al personal que desempeña sus tareas en el ámbito del sistema de salud pública.

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