Marina Calabró inició acciones legales para evitar que se reproduzcan unas fotos íntimasque se las robaron de su celular y se viralizaron en las redes sociales. A través de una medida cautelar, la conductora solicitó la prohibición de la publicación de esas imágenes en diversas páginas web y buscadores, como Google y Yahoo.
En diálogo con Teleshow, Federico Fleitas, abogado de la panelista de Intrusos, habló sobre este caso: «El fallo de primera instancia del 10 de noviembre de 2015 que obligó a los demandados, Google, Porno Argento, Yahoo y otros a cesar con la publicación y la difusión de las fotos sacadas por Marina Calabro en su intimidad, se encuentra vigente. Lo único que se modificó en segunda instancia (fallo del día 15 de marzo de 2016) fue que al buscador Yahoo, hay que individualizarle las URLs en las que se exhiban las fotografías tomadas en su intimidad, para que una vez individualizadas las bajen de su buscador. Por ende la Justicia mantuvo la prohibición de todos los sitios de publicar las fotos sacadas en su intimidad tal cual se solicitó en la medida autosatisfactiva solicitada».
Por su parte, Marina dio su opinión sobre este nuevo fallo judicial de Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial: «La Sala dice que de ninguna manera está en juego que está afectado el derecho a la intimidad, que eso no está sujeto a discusión. Simplemente lo que evalúan es que en estos casos, para los buscadores la web es como un medio inabarcable por su dinamismo y por su magnitud. Por eso me piden como parte actora que en la medida en que yo vea nuevas publicaciones lo comunique a los buscadores para que inmediatamente procedan a la baja«.
Además, la periodista explicó: «Hasta acá todo lo que se bajó, lo bajamos así. La verdad es que los buscadores ya nos habían dicho que a veces se les puede pasar cosas, entonces nosotros fuimos informando los links, que llaman URLs. Los buscadores manifestaron buena voluntad y fueron bajando lo que les pedimos, más allá de que ellos lo hicieron también por motu proprio.Este fallo no cambia nada porque nosotros ya nos veníamos manejando así. Mi abogado mandaba notificaciones o cartas documento con los links en los que veía las fotos e inmediatamente se bajaban y se anulaban. Así nos manejamos todo este tiempo».
Por último, Fleitas aclaró que el punto número cinco del fallo «es elocuente». En dicho documento, se establece: «En primer lugar, cabe precisar que no está controvertido en esta instancia que la difusión de las fotografías de la actora, que pertenecían a su ámbito privado, vulnera el derecho a la intimidad, de modo tal que el debate se ciñe a la necesidad de que la accionante identifique las URLs que las contiene a fin de que Yahoo proceda a bloquearlos en su buscador. Es entonces que, contrariamente a lo que sostiene la actora, la conductora de la apelante no resulta contradictoria o incompatible con los términos del recurso, toda vez que en el escrito que señala la accionante Yahoo manifestó que había arbitrado los medios para bloquear las URLs que la demandante específico previamente».
Fuente: Teleshow