Muerte de Carlos Soria: la Justicia apunta a un caso de "emoción violenta"

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“La causa está 70% cerrada en términos de probabilidad. Mañana vamos a dar a conocer la información criminalística, la autopsia y determinadas pruebas que están pendientes. Entendemos que mañana, con los testimonios reunidos y la prueba de la escena del crimen, estamos en condiciones de tener un juicio más que de sospecha, de imputación”, adelantó esta tarde Sodero Nievas.

De ese modo se refirió a los últimos avances en la investigación por la muerte del gobernador Carlos Soria desde este mediodía, cuando el juez de primera instancia que lleva la causa, Juan Pablo Chirinos, había dado una conferencia de prensa para informar los primeros pasos judiciales.

El magistrado aseguró que todo parece indicar que la muerte de Soria «en principio» fue un homicidio, pero no se apresuró a dar más detalles ya que aún no pudo hacer uso de su derecho de defensa Susana Freydoz, la mujer del gobernador, quien fue la única persona que se encontraba en la escena del crimen y aún está en estado de shock, bajo medicación.

El letrado adelantó que es muy probable que la mujer quede detenida después de ser escuchada en declaración indagatoria, aunque eso dependerá de lo que finalmente argumente la mujer, principal sospechosa por la muerte de su marido.

Sodero Nievas ratificó la teoría de la discusión matrimonial, según surge de los primeros testimonios radicados en el expediente, y aclaró que existen antecedentes similares en la pareja, muchos de ellos de público conocimiento durante la última campaña electoral.

“Todos los testimonios son concordantes en reconocer que hubo intensas discusiones, y el enfrentamiento final es el que terminó con este homicidio”, especificó el magistrado.

El presidente del máximo tribunal de justicia provincial admitió que la emoción violenta es uno de los atenuantes que está analizando el juzgado que lleva adelante el caso, aunque aclaró que ese tipo de circunstancias deberán ser discutidas y probadas en el juicio oral.

“¿Es un homicidio doloso o culposo?”, preguntó el periodista Luis Novaresio. “Nosotros estamos trabajando con una hipótesis más bien vinculada con la atenuación, por las circunstancias del caso, por las discusiones previas que terminaron en este desenlace”, contestó el juez.

“¿Emoción violenta o legitima defensa?”, preguntó Novaresio. “Estamos pensando más en cuestiones que tienen que desarrollarse en juicio para probar cualquiera de las dos situaciones, pero en principio estamos más pensando en la primera de las circunstancias”, respondió el magistrado.

Y continuó: “Sí, es una condena atenuada que a prima facie surge también de los antecedentes”.

El homicidio en emoción violenta está tipificado en el artículo 81 del Código Penal y establece una pena de reclusión de tres a seis años, o prisión de uno a tres años «al que matare a otro, encontrándose en un estado de emoción violenta y que las circunstancias hicieren excusable».

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