Estas conclusiones se desprenden del pedido de prisión preventiva formulado por el fiscal de Morón Marcelo Tavolaro contra seis de los siete detenidos en la causa, cuyas situaciones procesales deben ser resueltas antes del martes por el juez de Garantías Alberto Meade.
Para Tavolaro, el 22 de agosto, alrededor de las 15.30, Candela salió de su casa de Coraceros 2552 de Villa Tesei, partido de Hurlingham, «por medios propios» para reunirse con amigas, saludó a un vecino y luego se perdió contacto con ella hasta que su cadáver fue dejado entre las 13.30 y 15.30 del 31 de agosto a la vera de la autopista del Oeste.
Remarcó que la salida de la niña fue «voluntaria», ya que «no se han detectado acciones o manifestaciones que permitan vislumbrar que la menor, se hallara bajo una situación de presión».
Para el fiscal, pasados algunos días, la niña luego quedó en un cautiverio no prolongado, teniendo en cuenta que «no hay señales compatibles a una defensa en situación de una privación de movimientos» y no se le dio ninguna sustancia para dormirla.
«Todo ello hace presumir necesariamente que se ha utilizado como herramienta inicial algún mecanismo de captación o vinculación desde lo afectivo o emocional, por ejemplo, bajo la directriz de un engaño, promesa, etc., que permitiera a la víctima, vincularse a los protagonistas criminales necesarios, de una manera no involuntaria, no violenta ni agresiva», destacó Tavolaro.
El fiscal descarta de plano que el hecho se haya enmarcado en un secuestro extorsivo, ya que «nunca se inició o materializó, acción o curso de negociación, entre el grupo que se entiende ha retenido a la niña Candela y su madre o familia» y recordó que se trata de un núcleo familiar con problemas económicos y un padre preso.
En cambio, para Tavolaro, «existen sobrados elementos indicativos que Candela, en gran parte de los acontecimientos previos a su muerte, ha permanecido en una situación voluntaria, tal vez inconsciente del contexto que la sometía, bajo engaño u otra forma no advertida por ella».
Sobre el móvil del crimen, entendió que de acuerdo a varios testigos de identidad reservada y calificados «se aferra recurrentemente la idea de una motivación por venganza, que en el mundo marginal lo definirán como `vuelto` o `ajuste`».
Tavolaro descartó que la llamada a la casa de la niña haya sido «extorsiva» y dijo que habría sido realizada por el imputado Gabriel Fabián Gómez cuando «el futuro de la menor ya estaba definido, es decir, ya se había concebido la decisión de terminar con su vida» y la idea era transmitir que si a la niña le ocurría algo el responsable era el padre.
Sostuvo que salvo la supuesta depiladora Gladys Cabrera y el carpintero Néstor Altamirano, todos los imputados «responderían a un perfil criminológico que sienta sus bases en códigos marginales, los denominados `códigos de la calle`, entre los que la deslealtad y la traición, son motivación más que suficiente para llevar adelante alguna acción vengativa».
Al respecto, manifestó que «surgen indicios de un conflicto claro entre Rodríguez y (Héctor «El topo») Moreyra (sindicado autor intelectual y cuya prisión preventiva aún no se pidió), y que los vínculos y esfera de acción del primero, sean de mayor contenido y envergadura dentro del mundillo criminal, y potencialmente más sólidos que los del segundo».
«Potencialmente nos encontramos frente a una concatenación de conductas delictivas, que se enmarcan dentro de la modalidad de un `ajuste de cuentas no tradicional`, que tal vez en su concepción no implicaba necesariamente la muerte de la menor», dijo Tavolaro.
Sostuvo que Moreyra «se halla manifiestamente enfrentado» al padre de la niña «a partir de la vida en el delito que ambos han tomado» y que «El topo» debió recurrir para el crimen a Alberto Fabián Espínola, Guillermo López, Leonardo Jara (prófugo en la causa) y Gabriel Gómez, éste último porque conocía a Candela porque sus hijas eran compañeras del colegio de la nena.
Para Tavolaro, se decidió matar a la nena por «su conocimiento personal» de los implicados y «tal vez de alguna que otra persona de su entorno más íntimo, sea éste familiar o social, que pudo haber colaborado en el desarrollo de los hechos y que aún esta investigación no pudo develar».
A la hora de mencionar las pruebas contra cada imputado, el fiscal sostuvo que Hugo Bermúdez sería el autor material en base al testimonio de sus amantes, que lo definieron «como un psicópata sexual con preferencias a someter a sus juegos sexuales a menores de edad cautivándolos con provisión de ropas y drogas».
Para Tavolaro resultó «más que llamativo» la declaración de la madre de la anterior pareja de Bermúdez que «reconoció haber mantenido relaciones sexuales con el acusado siendo su juego sexual preferido el de someter a su pareja a la compresión de la nariz y la boca», tal como mataron a Candela.
Además, dijo que testigos lo vieron durante el tiempo de desaparición de la niña con su camioneta Peugeot Partner bordo en la calle Kiernan 992, donde se halló ADN de la nena en un bol.
Agregó que entre los días 22 y 31 de agosto estuvo en la casa de su suegra, en Cellini 4085, donde de halló ropa quemada, y «residió allí con una habitualidad inusual para su modo de vida» y la noche anterior al hallazgo de la nena sacó bolsas negras.
Sobre Cabrera, entendió que «en cumplimiento de una promesa anterior, permitió y/o facilitó, el alojamiento y/u ocultamiento de la niña» en su casa, en base a lo declarado por testigos.
Respecto del carpintero Altamirano, Tavolaro dijo que se comprobó que la semana del 22 al 31 de agosto no trabajó en forma habitual aduciendo «máquinas rotas y dolor de cintura» y se le advirtieron escoriaciones lineales en el pecho cuando una vecina fue a su casa.
Respecto de López, Espínola y Gómez, además de presuntamente haber hecho la llamada, el fiscal consideró que aportaron «movilidad y logística» como autos que estuvieron en la puerta de la casa de Kiernan para «tapar» lo que allí ocurría.
Infobae