Por primera vez en Jujuy un niño trans cambió de género

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Un niño trans de Jujuy cambió de género el pasado 11 de junio tras dos años de gestiones que implicó un trabajo en conjunto entre sus padres y la fundación Andhes. Fue así que el Registro Civil le otorgó la partida de cambio de identidad de género siendo el primer caso que existe en la provincia.

“Por primera vez, la provincia avanzó sobre el reconocimiento de la identidad autopercibida de un niño rectificando su partida de nacimiento con el nombre que él eligió”, comentó un comunicado que emitió Andhes haciendo referencia a la situación del niño.

Cabe destacar que esta rectificación de partida de nacimiento fue un trámite que se efectuó mediante la intervención de representantes legales que acompañaron a la familia durante todo el proceso.

Natacha Freijo abogada coordinadora de la Clínica Jurídica de Niñez y Adolescentes de esa institución aseguró que “el cambio de identidad se llevó a cabo “con la expresa conformidad del niño quien defendió en todo momento su autonomía personal y su voluntad de hacer efectivo el derecho y el respeto irrestricto a suidentidad autopercibida”.

Al respecto, el abogado Roberto Aragón, coordinador del Área de Derechos de la Niñez y Adolescencia de esa entidad, afirmó que el caso nos llegó en el año 2017, desde el primer encuentro decidimos acompañar el proceso tanto del niño como de su familia, no sólo desde la asistencia jurídica, sino que hicimos una intervención integral entendiendo la importancia de la interdisciplinariedad para el abordaje en nuestras prácticas”.

En ese sentido, mencionaron la Ley 26.743 de Identidad de Género, sancionada en el año 2012, que reconoce el derecho a la Identidad de Género, estableciendo como derechos fundamentales el derecho al libre desarrollo de la persona conforme a su identidad de género, el derecho a ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.“La ley establece en su artículo 5° que las personas menores de dieciocho años de edad, tienen derecho a acceder al trámite de cambio de identidad a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del niño, niña o adolescente, teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a de acuerdo con lo estipulado en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes”, añadió.

Siguió diciendo que “existe mucho desconocimiento sobre la normativa nacional e internacional vigente y específicamente al tratarse de la situación de un niño trans se pudo evidenciar la necesidad de contar con buenas prácticas institucionales respetuosas de derechos humanos y con perspectiva de género, que avancen hacia el pleno reconocimiento de derechos, sin instancias revictimizantes o patologizantes. Para lo que indicó como fundamental el trabajo continúo en la capacitación a los operadores.

El Tribuno Jujuy

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