La advertencia del gobierno nacional, sobre un inminente cambio de postura de las fuerzas de seguridad ante las protestas en las calles, puso en alerta a legisladores y referentes de los movimientos sociales. «Las fuerzas de seguridad van a actuar como se actúa en cualquier parte del mundo, dispersando, y esa dispersión puede tener consecuencias», avisó Patricia Bullrich. Y tuvo una respuesta inmediata.
«Si la ministra de Seguridad ordena reprimir, que después se haga cargo de las consecuencias», avisó el diputado Leonardo Grosso, jefe del bloque Peronismo para la Victoria, que decidió jugar más fuerte e impulsará en el Congreso una proyecto de ley para proteger los derechos a los piquetes.
Los seis legisladores que forman parte del Movimiento Evita -Grosso, Remo Carlotto, Lucila De Ponti, Andrés Guzmán, Aracely Ferreyra y Silvia Horne- presentarán la propuesta que apunta a garantizar la seguridad de los manifestantes.
Acompañados por referentes de organizaciones sociales como Barrios de Pie y la Corriente Clasista Combativa (CCC), el Peronismo Para la Victoria le pondrá así más pimienta al ardoroso debate sobre la protesta social y su afectación al derecho de circulación.
La iniciativa, denominada «Protesta Social: los derechos del manifestante», tiene por objeto «promover y proteger el derecho a las manifestaciones públicas que se realicen en todo el territorio de la República Argentina».
El texto al que tuvo acceso Infobae consta de 12 artículos en los que se indica que el ejercicio del derecho a la protesta «no deberá ser supeditado a la obtención de autorización previa por parte de las autoridades estatales». Y apunta que el control de las manifestaciones «deberá realizarse por la autoridad pública dentro del marco de respeto de los estándares del derecho internacional de los derechos humanos».
Además se exige que «el Estado garantice la presencia de servicios médicos y/u otras medidas sanitarias que sean necesarias durante la realización de la manifestación».
En el artículo 7 de la propuesta parlamentaria se habla de reglamentar las atribuciones de las fuerzas de seguridad: «Se prohíbe la portación de armas de fuego para todo el personal policial que pudiera entrar en contacto directo con los manifestantes. El personal de la fuerza no dispondrá de municiones de poder letal».
El siguiente apartado hace foco en la necesidad de crear «la Comisión Bicameral de Promoción, Protección y Seguimiento del Derecho a la Protesta Social, que tendrá el carácter de Comisión Permanente».
Finalmente, en el artículo 11 hay otra exigencia polémica: se insta a declarar «la amnistía de todas las personas incursas en delitos cometidos a raíz del ejercicio del derecho a la protesta y a la manifestación pública, de acuerdo a lo prescripto en la presente ley y que fueran producidas a partir del 10 de diciembre del año 2001».