Las pymes ahora pueden descontar del impuesto a las Ganancias hasta el 10% del monto de sus inversiones, y acceder a un bono de crédito fiscal para pagar impuestos nacionales, en función de las inversiones productivas realizadas entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018.
Lo confirmó a Cadena 3 Carolina Castro, subsecretaria de Pymes de la Nación, quien indicó que el trámite se puede hacer en forma online desde cualquier lugar del país: “Las empresas pueden computar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias hasta el 10% del monto de la inversión en bienes de capital y obras de infraestructura; y en la medida que permanezca el crédito de esas inversiones como saldo a favor en la Declaración Jurada de IVA, pueden recibir un bono de crédito fiscal para descontar contra deudas impositivas y aduaneras”.
La presentación puede realizarse durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio en el que la pyme realizó las inversiones. Las empresas que cerraron sus ejercicios hasta el mes de noviembre de 2016 podrán presentar la información, por única vez, hasta el 28 de abril de 2017.
Para acceder al beneficio, las empresas deben estar inscriptas en el Registro PyME (www.afip.gob.ar/pymes) y tener habilitada la plataforma Trámites a Distancia (www.tramitesadistancia.gob.ar).
Asimismo, Castro señaló que para las nuevas empresas habrá posibilidades de cómputo de pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias, del 10% de las inversiones y si queda aún un saldo pendiente, el mismo se trasladará durante cinco años.