Recomiendan a abogados brindar claras explicaciones a sus clientes

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Los abogados que litigan en el fuero civil deberán asesorar con mayor precisión a sus clientes sobre los alcances de una demanda o reclamo por las consecuencias que puede tener para ellos a partir de los cambios introducidos en el reformado Código Civil y Comercial de la Nación, según aseveró el Dr. Carlos Ghersi, especialista en la materia que disertó en el Poder Judicial de Santiago del Estero, invitado por el Centro Único de Capacitación “Dr. José B. Gorostiaga”.

En ese sentido, el profesor de la UBA sostuvo que “una cosa importante para trasmitirles a los noveles abogados es hacerles entender que el abogado es una herramienta de otra persona que no conoce el Derecho. Le va a informar los riesgos (a los clientes) para que después no se encuentren con la sorpresa de que su petición no ha sido tomada en cuenta por los magistrados, porque le dan otra interpretación”.

Consultado por los periodistas acerca de los inconvenientes que podrían producirse en la aplicación del Código de fondo, el catedrático opinó que “podemos encontrar también algunas unificaciones respecto de temas procesales, lo que va a generar alguna controversia porque las distintas provincias tienen sus Códigos Procesales independientes y eso ha sido coordinado por el Código de fondo”.

Por otra parte, consideró que “con los contratos se ha cometido, en mi humilde opinión, un error, porque se ha partido con la misma base que tenía el Código de Vélez, o sea de 1879, y estamos en el siglo XXI”.

“Hoy -continuó- los contratos no se celebran ni siquiera por escrito sino que son simples tickets, como subir a un colectivo con una tarjeta. No los hacemos con nadie y eso va a traer algunos inconvenientes porque se ha regulado a la parte de contratos de adhesión y a la parte de consumos como excepción, cuando en realidad son la regla general”.

Otra cuestión a la que se refirió Ghersi se relaciona con la legislación que define los derechos del consumidor, al afirmar que “es una ley de orden público y el Código no es de orden público. Entonces tendría que primar la ley del consumidor porque precisamente es de orden público. Esto va a ser motivo de la interpretación de los jueces”.

En ese sentido, el disertante destacó que “esperamos que los jueces de alguna forma entiendan que no se puede retroceder. Nosotros (por la Argentina) hemos firmado pactos y tratados internacionales muy importantes, entre ellos el Pacto de San José de Costa Rica, que tiene un principio muy importante que es la progresividad de derechos y no la regresividad”.

En otro orden, el doctor en Derecho comentó que “se han incorporado artículos relacionados con el derecho del paciente y nosotros tenemos una ley sobre derechos del paciente. El consentimiento informado en la ley trae algunos requisitos y en el Código trae otros. Habría que ponerse en el lugar del médico para saber cuál de los dos modelos toma para hacer un consentimiento informado y luego no quedar expuesto a una demanda”.

A su turno, su compañera de cátedra y quien lo acompañó a Ghersi en la actividad formativa en esta ciudad, la Dra. María de los Ángeles Muntaner, expuso que “lasmodificaciones más importantes en el tema sucesiones vienen de los cambios que tuvo el régimen de familia”.

A continuación, agregó: “Los institutos más importantes del Derecho Sucesorio se han mantenido, si bien existen algunas contradicciones o algunas cuestiones que se pretendió aclarar no terminan de ser tan claras ni tan concretas como se hubiera deseado. Además, hay cuestiones que se contradicen con los propios principios que el Código pretender proteger, como la autonomía de la voluntad, por ejemplo”.

Por último, los docentes universitarios agradecieron al Poder Judicial la invitación a exponer ante magistrados, funcionarios y abogados del foro local sobre cuestiones de indudable actualidad jurídica.

 

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