Se multiplican los amparos de los usuarios no residenciales para frenar la suba del gas

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El fallo de la Corte Suprema de Justicia disparó una ola de presentaciones judiciales de los sectores de la economía que no estuvieron alcanzados por la anulación de la suba del gas. Cámaras empresarias, segmentos PyMES, empresas recuperadas y clubes de barrio, entre otros, apelan a los mismos argumentos que emitió el máximo tribunal para que la Justicia congele el aumento tarifario aplicado para los usuarios residenciales.

Los primeros que manifestaron su malestar y anticiparon demandas colectivas fueron los grupos empresarios y cámaras PyMES, quienes se mostraron sorprendidos de que la sentencia tenga un alcance restrictivo y se aplique únicamente a los hogares. Entidades como CAME, Apyme, Camime y la Cgera advirtieron que «el límite del 500% con retroactividad del cobro de facturas sigue resultando desproporcionado y confiscatorio» para las compañías.

«Nos juntaremos a resolver qué acción tomar entre todos los socios. Lo lógico es que resuelvan ir para adelante, ya que la Corte Suprema dijo que no hicimos nada para frenar el tarifazo. Si tenemos que hacer la presentación judicial, la haremos», afirmó Marcelo Fernández, presidente de Cgera.

Por su lado, la Multisectorial contra el tarifazo anticipó que presentará recursos de amparo la semana próxima para pedir que la nulidad dictaminada por la Corte Suprema contemple a sus organizaciones, que abarca desde empresas medianas y pequeñas, cooperativas, clubes de barrios hasta centros de jubilados. Se trata de los sectores que impulsaron los cacerolazos del 14 de julio y el 4 de agosto, además de presentar amparos para toda la ciudad de Buenos Aires.

«Rescatamos como positivo el fallo de la Corte que anula el tarifazo para las facturas residenciales, que fue producto de las acciones de lucha, y vamos ahora por los sectores que no fueron contemplados en la nulidad», definió el presidente de la Federación Argentina de Cooperativas de Trabajadores Autogestionadas (Facta), Federico Tonarelli.

Desde el sindicato del cuero señalaron que «hay 400 cooperativas que ya cerraron por los tarifazos» y pidió organizar «un plan de lucha para que (las tarifas) sea para todos por igual».

«Si no logramos superar este tarifazo, 9 de cada 10 clubes corren el riesgo de cerrar y cientos de miles de chicos no van a quedar afuera ni tener donde formarse, hay que trabajar para que el tarifazo se termine de una vez y para todos los sectores», sostuvo un referente de los clubes de barrio.

Otro grupo que protestó por la vigencia del cuadro tarifario para la actividad es la Cámara Argentina del GNC. «No puede soportarse más la presión sobre el sector del GNC. La actividad se está cayendo a pedazos hace 90 días. La industria del GNC está siendo literalmente destruida», afirmó el presidente de la entidad, Carlos Scioli, que ya presentó un amparo el 10 de agosto pasado.

Finalmente, el consorcio del Parque Industrial de Bahía Blanca (Cpibb) también anticipó que va a recurrir a la Justicia. El objetivo de la presentación es que no retiren medidores de gas a las empresas en caso de falta de pagos, según anunció el presidente del Cpibb, Raúl Carrete.
Vía libre para accionar

Para frenar el tarifazo, la Corte utilizó como argumento de que el Gobierno eludió el paso legal de llamado a audiencia pública previo a la modificación tarifaria, además de mencionar la falta de razonabilidad, que supone que el incremento sea gradual. Esa razón podría utilizarse para los grupos y usuarios no residenciales. Sin embargo, el tribunal limitó la medida judicial a los hogares porque éstos constituirían un grupo homogéneo que reúne los elementos para promover una acción colectiva.

La Defensoría del Pueblo porteña se pronunció sobre el fallo del dictamen emitido por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti y reconoció que los consumidores que quedaron por fuera de la anulación tarifaria tienen el derecho de interponer acciones judiciales.

«El fallo alcanza sólo a los usuarios residenciales. Esto es una interpretación restrictiva que hace la Corte sobre la legitimación procesal que tiene la asociación que interpuso el amparo. Esto no obstaculiza que colectivo de los restantes usuarios, como por ejemplo las entidades de bien público, empresas y comercios no alcanzados por el fallo, tengan la posibilidad de recurrir judicialmente en reclamo de sus derechos», afirmó la Defensoría en su pronunciamiento.

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