El juez que acusó a Laura Alonso de favorecer a funcionarios macristas justificó su decisión citando una causa contra De Vido

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Las sospechas de una doble vara en el accionar de la Oficina Anticorrupción en las causas que complican a ex funcionarios kirchneristas y quienes desempeñan esas funciones en el Gobierno macrista formaron parte de los argumentos del juez Luis Rodríguez para procesar a Laura Alonso. Pero además, la sombra de Julio De Vido y su detención en la causa Río Turbio se deslizó en la resolución. Es que Rodríguez recordó las afirmaciones del organismo que conduce la hoy funcionaria procesada en el caso por el que fue preso De Vido a contrapelo de su accionar en la causa Shell, cuando el ex ministro de Energía Juan José Aranguren quedó inmerso en un conflicto de interés por el que hoy también fue procesado.

“Cabe reconocer la necesidad de castigar aquellas conductas que los servidores públicos desarrollen por fuera de la Constitución y las leyes, sin ajustar sus facultades a un ejercicio legítimo, todo ello como garantía de los ciudadanos y del Estado mismo. Sobre ello, debo remitirme a lo sostenido desde la oficina a su cargo en una causa de este Tribunal, en donde al requerirse la elevación a juicio del Arq. Julio Miguel De Vido se sostuvo que como el mismo resultaba Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y era la máxima autoridad de esa cartera ministerial, tenía un amplio conocimiento de las cuestiones que ocurrían bajo su jurisdicción y, particularmente, ‘poseía el deber de control de las actividades de YRCT debido a la relación jerárquica y de dependencia que existía entre éste y el Ministerio, no pudiendo desconocer en tal carácter las actividades que éste realizaba’”, aseguró Rodríguez.

La respuesta de Alonso a la noticia de su procesamiento llegó por Twitter. “Apelaremos un procesamiento político e injusto. Sin evidencias ni pruebas. Totalmente armado y con intencionalidad política. No hay que ser muy vivo para darse cuenta quiénes vienen por la venganza y el ‘lawfare’”, dijo, usando el mismo concepto que utiliza la ex presidenta Cristina Kirchner para hablar de los procesamientos en su contra por orden del gobierno de Mauricio Macri.

A lo largo de sus fundamentos, Rodríguez buscó hacer ver que la OA tuvo una doble vara para un caso kirchnerista y otro macrista. “Todas cuestiones que llevan a corroborar no solo la incongruencia de la Oficina Anticorrupción en la materia, sino también la voluntad de la encartada en propiciar a Aranguren la cobertura necesaria para que el nombrado eludiera la investigación aquí desarrollada. Cabría preguntarse cuál resulta ser el grado de profesionalismo de la aquí encartada en materia de anticorrupción, en cuanto bajo los mismos argumentos tiende a convalidar la actuación de un ministro y, a su vez, solicitar el juzgamiento de otro”, aseguró.

Incluso, el juez pareció sumarse a las críticas que desde la todavía oposición le hicieron a Alonso, quien asumió la jefatura de la OA, sin ser abogada, luego de un decreto de Mauricio Macri que así lo habilitó apenas llegó a la Rosada. “La titular del organismo contra la corrupción efectuó una consideración que escapa a toda la lógica jurídica propia de la materia en la cual la imputada debería resultar experta”, deslizó.

En tribunales, la alusión a la causa Río Turbio no pareció inocente. Tampoco que en el expediente Alonso haya argumentado, en su defensa, que el fiscal Carlos Stornelli no la hubiera imputado. Es que Rodríguez, Stornelli y Alonso tienen un pasado en común en la investigación en la que perdió sus fueros y fue preso Julio De Vido.

A mediados de 2017, Stornelli le pidió al juez Rodríguez la detención de De Vido y otra veintena de personas acusándolos de malversación de fondos en la construcción de la mina Río Turbio, en Santa Cruz. Rodríguez lo rechazó: decidió no pedir el desafuero ni ordenar el arresto del ex ministro de Planificación por entender que hasta ese momento no había estado de sospecha para ello.

Fue entonces que Stornelli apeló. Y la Cámara Federal ordenó el arresto en lo que se dio en llamar la “doctrina Irurzun”. De Vido fue desaforado y detenido. Pero a principios de 2018, Roberto Baratta, la mano derecha de De Vido, recusó a Stornelli. Aseguró que el fiscal tenía una “enemistad manifiesta” con él y lo acusó porque le adjudicó en su contra resoluciones que nunca había firmado.

Rodríguez hizo lugar al apartamiento. Y Stornelli también apeló. La OA, en su rol de querellante, resolvió jugar en favor del fiscal. Y no solo exigió la vuelta de Stornelli al expediente sino que recusó al juez de la investigación. De hecho, en su escrito, los abogados que respondían a Alonso se preguntaron si con la salida de Stornelli de la causa no buscaban “deshacerse” de él por «el permanente impulso que le ha dado al proceso”.

Cuando le tocó resolver, la Cámara revocó el apartamiento de Stornelli y pero no sacó del expediente a Rodríguez.

El caso de Río Turbio llegó a juicio oral, pero en el ínterin llegó el caso de los cuadernos y otro expediente en donde se puso el foco, con Rodríguez y Stornelli: el lavado de dinero de Daniel Muñoz, el ex secretario privado de Néstor Kirchner y en donde el juez terminó apartado.

Uno de los argumentos que expuso Alonso en su escrito cuando Rodríguez la llamó a declarar fue que la fiscalía no la había imputado. En esa causa, el fiscal también es Stornelli. “Debo hacer referencia a lo expresado por Laura Alonso al momento de deponer ante este Tribunal, puntualmente en el escrito presentado en la audiencia aquí celebrada, en la cual debo recordar no contestó preguntas de este Tribunal. Allí puede advertirse que la misma sostuvo que no lograba comprender ‘por qué motivo –jurídico– fui citada a prestar declaración indagatoria en autos. El Ministerio Público Fiscal no ha formulado ninguna imputación concreta a mi respecto, pese a lo cual fui convocada a sentarme en el banquillo de los acusados, sin que existan razones válidas para ello’”, señaló.

El juez afirmó que en la indagatoria “se le hicieron saber las circunstancias de modo, tiempo y lugar por las cuales fuera citada, como así también las pruebas que existían en su contra” y resaltó que “bien conoce Laura Alonso los requerimientos fiscales existentes en su contra, por cuanto inmediatamente después de que tuvo lugar el primero de los mismos se presentó en estas actuaciones y designó abogado defensor”.

“La encartada parece estar realizando nuevamente una manifestación política o expresiones para vaya a saber qué audiencia, lo cual se condice con el trámite que le diera al expediente administrativo que aquí se cuestiona, donde se efectuaran recomendaciones a los fines de evitar poner en riesgo la imagen que debe tener la sociedad de su ministro protegido, en lugar de poner en práctica una investigación tendiente a convalidar sus deberes en la lucha contra la corrupción”, afirmó.

Sobre el final de la resolución, Rodríguez decidió no aplicar prisiones preventivas al procesamiento de Alonso ni de Aranguren. “La pregunta que surge primigeniamente es si la libertad de Aranguren y Alonso no redundará en la presencia de un eventual peligro de fuga o posible entorpecimiento de la investigación”, dijo, y se contestó: “Primigeniamente, debo considerar que de momento encuentro neutralizados riesgos procesales de parte de los encartados”.

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