El reconocimiento computará 1 año por hijo o hija, 2 años por hijo o hija adoptado o adoptada siendo menor de edad, 2 años por hijo o hija con discapacidad y 3 años en caso de que haya accedido a una Asignación Universal por Hijo (AUH) por al menos 12 meses, detalló el organismo.
Por otro lado, las autoridades nacionales también decretaron que “el período correspondiente a la licencia por maternidad establecida por las leyes de alcance nacional y Convenios Colectivos de Trabajo respectivos”, será tenido en cuenta para calcular “las Prestaciones de Retiro Transitorio por Invalidez o de la Pensión por Fallecimiento del afiliado o de la afiliada en actividad”.
No obstante, se aclaró que “los plazos de licencia por maternidad y de estado de excedencia se computarán” para todos los regímenes previsionales que da la ANSES, solamente cuando se verifique “que la mujer y/o persona gestante haya retornado a la misma actividad que realizaba” antes, una vez que finalizó el correspondiente permiso.
El Gobierno Nacional calculó que hay cerca de 155.000 mujeres en edad de jubilarse pero que no alcanzan a cumplir con los 30 años de aportes y que, a partir de este programa, podrán completar este requisito.
Requisitos para jubilarse sin aportes suficientes
- Mujeres en edad de jubilarse (con 60 años o más)
- Sean madres
- No cuenten con los 30 años de aportes necesarios para acceder a una jubilación.
El organismo invitó a las mujeres que forman parte de este grupo a que ingresen con su CUIL y Clave de la Seguridad Social a la solapa de «Mi Anses» en su web y verifiquen si los vínculos familiares están actualizados en la solapa de «Información Personal» y, luego, en «Relaciones Familiares».
En el caso de que no figuren los datos de alguno de los hijos o hijas de esta persona deberán solicitar un turno para actualizar esa información y presentar el DNI y la partida de nacimiento de cada uno de los hijos o hijas que no figuren en el registro.