Tres años de prisión, en suspenso, por estafar usando medios electrónicos

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En la continuidad de la gestión de trabajo para concluir los procesos judiciales, la Dra. María Pía Danielsen, jueza de Control y Garantías de la Circunscripción Capital,  impuso a Pablo Baez la pena de tres años de prisión en suspenso, por resultar penalmente responsable del delito de estafa.

En el mes de agosto de 2020, mediante ardid y a través de medios tecnológicos e informáticos, el imputado y otro sujeto, desapoderaron a la víctima de la suma de $ 190.000, para lo cual ingresaron en una cuenta a nombre de Baez.

Cabe consignar que el Código Procesal Penal de Santiago del Estero regula el juicio abreviado desde el artículo 422 al 430. En ese marco, establece que cuando el fiscal estimare suficiente la imposición de una pena privativa de libertad no mayor de 15 años o no privativa de libertad procedente, aún de forma conjunta podrá solicitar el trámite de juicio abreviado. Asimismo, el imputado y el defensor también podrán solicitarlo.

Se trata de una alternativa al debate oral, en razón del acuerdo alcanzado entre el fiscal de la causa, el imputado, quien debe prestar su consentimiento en forma libre, voluntaria y su defensa.

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