Martín Edgardo Gonzales fue condenado, este martes, a tres años de prisión en suspenso,, por ser autor penalmente responsable de los delitos de Lesiones leves, amenazas agravadas por el uso de arma y portación ilegitima de arma de fuego, en concurso real de delitos.
En esta ocasión, el doctor Guillermo Paradelo, juez de Control y Garantías de la Circunscripción Frías, homologó el acuerdo bajo la modalidad de juicio abreviado, habiendo escuchado previamente los argumentos concordantes de las partes: fiscal y defensor.
Cabe consignar que el hecho delictivo aconteció el 23 de febrero del corriente año, en horas de la tarde, en un patio interno del domicilio en el que residen los protagonistas del caso.
La víctima discutía con su padre cuando intervino el imputado, quien sin mediar palabras, aplicó golpes de puño a su hermano. Luego, sacó de entre sus prendas un arma de fuego con la cual lo golpeó la cabeza mientras profería insultos y lo amenaza de muerte.
Acto seguido y cuando el damnificado se retiraba del lugar, su familiar realizó un disparo intimidatorio, sin herirlo, advirtiéndole que el próximo tiro se lo iba a dar en la cabeza.
Por último, la audiencia desarrollada de manera virtual, contó con la participación de las partes intervinientes y el magistrado verificó que se cumplieran los preceptos establecidos en el Código de Procedimiento de Santiago del Estero para los juicios abreviados.
De la misma manera, la aceptación de la responsabilidad del imputado; que comprenda los alcances del acuerdo para prestar su libre consentimiento; que exista concordancia entre la figura penal y la condena aplicada, entre otras.