Se abonará bajo la forma de «pago a cuenta», dado que ese porcentaje deberá calcularse en base a la ley aún vigente que es trimestral.
Por ejemplo, si con la ley actual el trimestre (abril, mayo junio) dio un aumento del 17% y la inflación fue del 20%, cobrarán los 3 puntos adicionales.
Dado que en julio ya queda derogada la ley actual, se comienza con el cálculo directo con la inflación de mayo.
Lo que quedará en forma discrecional a cargo del Poder Ejecutivo será el monto de los bonos, que en caso de no actualizarse favorecerán la licuación de los haberes jubilatorios.
El ajuste por inflación hace que no exista ningún mecanismo para que los haberes jubilatorios recuperen el poder adquisitivo perdido.
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