Bromatología prohibió la venta de productos alimenticios en la vía pública

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La dirección de Control Alimentario y Saneamiento Ambiental señaló que queda prohibida la venta de productos alimenticios en la vía pública.

Con el motivo de las fiestas de fin de año la cantidad de vendedores ambulantes de panes, sidras, cabritos y lechones aumenta significativamente, pero las condiciones bromatológicas no son las adecuadas por lo tanto esta actividad queda prohibida.

En el caso de panes de miga, sidras y panes dulces, estos deben expenderse en lugares habilitados por la dirección, y además contar con la fecha de elaboración y vencimiento impresa en el envase.

En cuanto a los cabritos, lechones y gallinas, de acuerdo a la Ley 18.284 del Código Alimentario Argentino, deben ser comercializados en lugares higiénicamente aptos y con la refrigeración necesaria para no cortar la cadena de frío.

«Todas estas medidas se toman porque la venta incorrecta de estos productos representa un riesgo importante para la salud de la población y es necesario hacer respetar la ley para no lamentar incidentes», indicaron las autoridades del área.

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