Coronavirus: Conocé el protocolo de aplicación obligatoria para la actividad comercial

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El municipio bandeño dispuso un nuevo Protocolo de aplicación obligatoria destinado a todo tipo de actividad comercial existente en la Ciudad de La Banda. Tiene como objetivo evitar la propagación del virus SARS-CoV-2 (Covid-19) en la comunidad y, al mismo tiempo, informar a los Comerciantes de cómo deben actuar frente a la situación de contar con un caso positivo confirmado, probable o sospechoso entre quienes integran el grupo de trabajadores o empleados del Comercio.

PRINCIPALES VÍAS DE TRANSMISIÓN DEL VIRUS

De persona a persona: se transmite por el contacto cercano entre ellas (menos de 1,5 metros de distancia) vía respiratoria a través de las gotas de más de 5 micras, cuando una persona infectada habla, tose y/o estornuda. Estas gotas pueden llegar a la boca o la nariz de las personas que se encuentren cerca y eventualmente llegar al tracto respiratorio inferior.

Por contacto con superficies u objetos contaminados: el contagio se produce al tocar una superficie u objeto que tenga el virus y llevarse posteriormente las manos a la boca, nariz o los ojos. Esta vía no es considerada como la principal responsable de propagación del virus, pero sí tiene la capacidad de transmitir el mismo.

El periodo de incubación puede variar entre 2 y 14 días. Por ello, las mejores medidas de protección es el aislamiento de personas contagiadas y portadoras del virus, reforzar la higiene personal y de los lugares de trabajo.

MEDIDAS GENERALES DE PREVENCIÓN EN EL TRABAJO

  1. Divulgación de buenos hábitos de higiene y medidas preventivas con campaña de gráfica de comunicación.
  2. Reforzar la rutina diaria de limpieza en cada cambio de turno. En especial los lugares de trabajo comunes, baño y cocina. Lavar y desinfectar manijas de puertas, teclados, botones, cajas registradoras, mostradores, heladeras. Se recomienda la limpieza con alcohol al 70% o lavandina, etc. El lavado de pisos y paredes se puede complementar usando lavandina diluida (100 ml en un balde de 10 L). La limpieza de los sectores se deberá efectuar antes y después de las jornadas de trabajo.
  3. Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón y secarse con toallas de papel individuales. Antes y después de iniciar las actividades y después de ir al baño. En cada puesto de trabajo se tiene que dotar de la suficiente flexibilidad para alternar el lavado de manos o disponer alcohol en gel o soluciones alcohólicas con el fin de mantener una correcta higiene.
  4. Al toser o estornudar, hacerlo en un pañuelo de papel descartable o en la curva del brazo, no en la mano.
  5. Evitar cualquier contacto físico.
  6. Mantenerse a la mayor distancia posible (1,5 m) si la actividad lo permite. Evitar el saludo con la mano.
  7. NO compartir elementos personales: vasos, cubiertos, mate, elementos de
  8. Cambiarse y lavar diariamente la ropa de trabajo.
  9. Abastecimiento y previsión de stock de insumos (barbijos, mamelucos, guantes, ).
  10. Revisión y adecuación de las jornadas laborales, tiempos y espacios de descanso, de tal manera de garantizar las medidas de prevención recomendadas durante toda la jornada de trabajo (ej. distancia mínima entre personas).
  11. Ventilar todos los ambientes tratando de favorecer ambientes secos.
  12. En el caso uno de que alguna persona regrese de un viaje del extranjero, se aplicará el protocolo de cuarentena por 14 días desde su llegada al país, independientemente del país de destino que se tratare.
  13. En caso de que el trabajador/a sea conviviente con personas que hubieran estado en destinos listados como “países de riesgo”, deberá dar aviso inmediatamente a los responsables de las industrias y/o establecimientos productivos.
  14. Siempre que sea posible, se debe establecer un sistema de trabajo en turnos, con rotación de empleados para minimizar riesgos sin que varíe la atención y servicio a los clientes.
  15. Suspender el fichaje con huella dactilar sustituyéndolo por cualquier otro sistema.
  1. Si un trabajador/a correspondiese al perfil de “persona de riesgo” según las recomendaciones del Ministerio de Salud, bien por embarazo, patologías crónicas previas o edad, se procederá a la revisión de su puesto de trabajo, para considerar la conveniencia o no de recomendar su aislamiento preventivo.
  1. Estimular fuertemente el trabajo en la modalidad remota.

CONTROL ACCESO PERSONAS AL ESTABLECIMIENTO

  • Comprobación de ausencia de sintomatología en el personal (no tos, no problemas respiratorios, no fiebre). Controlar la temperatura previa a la entrada en el local comercial y debe ser menor de 37.5 ºC. En caso de presentar síntomas abstenerse el ingreso, informar a la brevedad a las autoridades sanitarias y a los responsables del Recordar que, para aquellos trabajadores que realizan tareas de entrega de productos o de mercaderías fuera del lugar de su trabajo, los controles y tareas de higiene y limpieza deben efectuarse cada vez que el despachante de mercadería vuelve a ingresar al local comercial.

OTRAS MEDIDAS ESPECÍFICAS DE PREVENCIÓN

  • NO permitir el ingreso y/o permanencia de clientes que superen la capacidad del espacio físico del local, teniendo en cuenta la ecuación de 1 persona por cada 4 m2. Para este cálculo sólo se considerará el espacio físico destinado a la atención al público.
  • Distribuir alcohol en gel, sanitizantes en accesos a los locales
  • Fomentar el pago con tarjeta de débito y crédito.
  • En caso que el pago de la mercadería sea en efectivo al momento de la entrega, se debe proceder a rociar el dinero con dosificador con reducción 70/30 de alcohol/agua.

-Para aquellos comercios que realicen las entregas de mercadería a través de vehículos propios y personal empleado o el mismo propietario autorizado, deben tener en cuenta que la transferencia de las mercaderías al cliente receptor, deberá efectuarse sin el contacto físico, dejando la paquetería en la puerta luego de comprobar la respuesta del cliente receptor.

RECOMENDACIONES PARA DESPLAZAMIENTOS HACIA Y DESDE EL TRABAJO

  • En viajes cortos, se recomienda caminar o utilizar bicicleta para permitir liberar espacio en el transporte público y así permitir que quienes no tengan otra alternativa de traslado puedan utilizar
  • Enfatizar la importancia de mantener una buena higiene de manos antes, durante y después de los
  • Recordar la importancia de mantener la distancia mínima
  • Recomendar desplazarse provisto de un kit de higiene
  • Alentar, en la medida de lo posible, los desplazamientos en vehículos particulares y recomendar su correcta ventilación y desinfección periódica.
  • Evitar aglomeraciones en los puntos de acceso al
  • Insistir en la necesidad de evitar el transporte público si se perciben síntomas de coronavirus (fiebre, dolor de garganta, tos, dificultad respiratoria). En caso de presentar síntomas, se deberá proceder conforme lo establece la Autoridad Sanitaria.
  • Alentar una limpieza frecuente de la ropa de trabajo

ACTUACIÓN ANTE LA PRESENCIA DE SIGNOS Y SÍNTOMAS COMPATIBLES CON COVID-19 DENTRO DEL ÁMBITO LABORAL

  • Aislar inmediatamente al trabajador que presente síntomas compatibles con COVID-19 y proporcionarle un barbijo. Todo el personal que esté en contacto con el trabajador deberá utilizar barbijo, lentes y guantes.
  • Evitar el contacto personal con otros trabajadores.
  • Informar sobre la situación al área correspondiente en el lugar de trabajo.
  • Solicitar al trabajador que identifique a las personas con las que tuvo contacto.
  • Realizar una sanitización del sector donde el trabajador estuvo en contacto siguiendo las recomendaciones establecidas por la Autoridad Sanitaria, utilizando barbijo, lentes y guantes.
  • Comunicarse con los números de teléfonos indicados en cada jurisdicción para seguir los protocolos del Ministerio de Salud de la Nación y de cada 107 (SEASE) Ministerio de Salud de la Provincia: COE: 385-5191817 / Epidemiología: 3854213006 (Fijo) – 3855237077 – 3855207867 – 3854071186 (Móviles)

Alerta Banda: 3854209837 – 3855140924 (Móviles) – 6002203 – 6002208 (Fijos).

Dirección de Salud (Municipalidad de La Banda): 3855803141

CAMM: 6998039 (Central Argentino) – 6998220 (1° de Mayo Ampliación) – 6998004 (Tabla Redonda) – 6998003 (San Fernando) – 6998007/08 (25 de Mayo)

Secretaría de Desarrollo Humano: 3855170487

Dirección de Desarrollo Social y Políticas Sanitarias: 4275702

  • Extremar las medidas de control de temperatura diaria al personal y terceros, al momento de su ingreso al lugar de
  • Prohibir el ingreso inmediato de quienes registren una temperatura superior a 37,5 °C y adoptar las indicaciones de las autoridades sanitarias.

ACTUACIÓN ANTE UN CASO POSITIVO DE CORONAVIRUS DENTRO DEL ÁMBITO LABORAL

En caso de confirmarse un caso positivo de coronavirus de un trabajador en el lugar de trabajo, se deberá inmediatamente cumplimentar las siguientes acciones para garantizar la salud de los trabajadores y la dimensión sanitaria del proceso productivo:

  • Dar aviso inmediato y formal a las autoridades sanitarias competentes a los teléfonos indicados.
  • En caso de encontrarse en el lugar de trabajo, aislar en forma urgente al trabajador Positivo, de acuerdo a las recomendaciones e instrucciones que imparta la autoridad sanitaria competente y colaborar con dichas autoridades para el seguimiento del caso.
  • Organizar el traslado del trabajador a su domicilio.
  • Aislar inmediatamente a los trabajadores con los que tuvo contacto el trabajador Positivo, de acuerdo a las recomendaciones e instrucciones que imparta la autoridad sanitaria competente y colaborar con dichas autoridades para el monitoreo de ese grupo.
  • Ejecutar inmediatamente un procedimiento especial e integral de limpieza y sanitización total que permita reiniciar la producción en condiciones que no afecten la salud de los trabajadores. Contar con una guía de referencia para garantizar que el procedimiento de limpieza y desinfección sea efectivo. Utilizar barbijo, lentes y guantes.
  • Una vez finalizado procedimiento de limpieza y sanitización, se deberá comunicar a las autoridades sanitarias, quienes autorizarán la reapertura de las actividades.
  • Previo a retomar las actividades, se deberá informar a los trabajadores sobre las acciones y medidas tomadas en consecuencia. El objetivo será transmitir tranquilidad y serenidad a los trabajadores en sus puestos de trabajo.

GUÍA PRÁCTICA PARA SABER CÓMO ACTUAR ANTE UN CASO SOSPECHOSO O CONFIRMADO DE COVID-19 EN TU EMPRESA, COMERCIO O INDUSTRIA.

1.- ¿Cómo sabemos que estamos ante un caso sospechoso de Coronavirus?

2.- ¿Qué debemos hacer ante un caso sospechoso de Coronavirus?

  • En primer lugar, es fundamental aislar inmediatamente al trabajador y sus contactos estrechos, y llamar al 107 y/o a los teléfonos de utilidad indicados. En caso de que el empleado posea un servicio de cobertura médica, también se deberá informar de manera urgente a ese servicio.

3.- ¿Qué ocurre si el empleado se encuentra en su casa?

  • En tal caso, el trabajador deberá aislarse de su grupo familiar y sus contactos directos durante 14 días de manera estricta. Deberá llamar al 107 y/o a su servicio de cobertura médica y avisar a la empresa.

4.- ¿Puede volver a trabajar en la empresa una vez que ya no presente síntomas?

  • Tanto el paciente positivo, el caso sospechoso como el contacto estrecho deben esperar el Fin del Aislamiento (o alta médica en caso de pacientes que estuvieron internados) emitida por Ministerio de Salud de la Provincia.
  • Las personas SINTOMÁTICAS que NO SEAN CONTACTO ESTRECHO, sí pueden volver a trabajar posterior al hisopado NEGATIVO y pasados los síntomas.

5.- ¿Quiénes deben hisoparse?

  • Se hisopará a toda persona con síntomas sospechosos compatibles con COVID-19 o aquellos que la autoridad competente.

6.- ¿Quién paga el hisopado?

  • Toda persona a la que se le indique el hisopado, deberá realizarlo por medio de su servicio de cobertura médica, si es que la misma cubre dicho costo. En caso de no poseer cobertura, lo hará a través del servicio de salud pública.

7.- ¿Cómo debo proceder ante la confirmación de un caso de COVID-19 en la empresa, comercio o industria?

Una vez que el diagnóstico esté efectivamente confirmado por los médicos y las autoridades de salud pública, la empresa deberá:

  • Asegurarse que el trabajador haya informado a las autoridades sanitarias (107) de su enfermedad (en caso de que el diagnóstico hubiera sido realizado de manera privada y no a través del servicio de salud público).
  • A partir de ese momento, el trabajador no podrá acceder a las instalaciones de la empresa hasta que posea el Fin del Aislamiento (o alta médica en caso de que el paciente haya estado internado) correspondiente, emitido por el Ministerio de Salud de la Provincia.
  • Reforzar inmediatamente las medidas de prevención generales en las instalaciones de la empresa, comercio o industria. Un factor fundamental será reforzar la limpieza en todas las superficies metálicas y plásticas dentro del establecimiento, haciendo hincapié especialmente en aquellas con las que el empleado infectado hubiera estado en proximidad.
  • La sanitización del establecimiento se realizará únicamente a través de la Municipalidad, la Provincia o una empresa autorizada por aquellas.
  • Reforzar inmediatamente las medidas de prevención de los empleados en la empresa.

8.- ¿Qué ocurre con los compañeros de trabajo de la persona contagiada?

Aquellas personas que sean un contacto estrecho del trabajador contagiado deben realizar obligatoriamente un estricto aislamiento durante 14 días. En este período, se les realizará un seguimiento; en caso de que en el transcurso presenten síntomas, serán hisopados para descartar o confirmar COVID-19.

  1. Toda persona que haya proporcionado cuidados a un caso confirmado o probable mientras el caso presentaba síntomas o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas y que no hayan utilizado las medidas de protección personal adecuadas.
  1. Personas que hayan compartido el mismo lugar o espacio (vivienda, oficina, despacho, salón, local, comedor, depósito, recintos religiosos, transportes, etc.) durante más de 15 minutos seguidos con una persona contagiada o probable mientras el caso presentara síntomas o durante las 48 horas previas al inicio de síntomas.Las personas SINTOMÁTICAS que NO SEAN CONTACTO ESTRECHO, sí pueden volver a trabajar posterior al hisopado NEGATIVO y pasados los síntomas.

9.- ¿Los contactos estrechos pueden volver a trabajar?

Los contactos estrechos solo podrán volver a trabajar luego de 21 días habiendo cumplido estrictamente con el aislamiento dispuesto y las medidas indicadas. Se les realizará el seguimiento correspondiente y requerirán de declaración del Fin del Aislamiento emitido por el Ministerio de Salid de la Provincia.

10.- ¿Cuánto tiempo tiene que permanecer cerrado mi establecimiento si tengo un caso positivo?

Se debe realizar la desinfección (sanitización) del lugar a través de la Provincia, el Municipio o de una empresa habilitada para tal fin. La reapertura se hará efectiva mediante la autorización de la autoridad competente y dependerá del tiempo que la empresa demore en realizar la sanitización. En general, la totalidad del proceso suele demorar entre 48 a 72 horas.

A su vez, se deberá exhibir en lugar de fácil visualización la certificación correspondiente de la sanitización efectuada.

11.- ¿Tengo que cerrar todo el establecimiento o solo el área donde estuvo el infectado?

Esto dependerá de las características del establecimiento y la circulación dentro del mismo. Las medidas a tomar serán definidas por la Autoridad sanitaria competente.

12.- ¿Puedo hacer la sanitización por cuenta propia?

No. La sanitización debe ser realizada únicamente por la Provincia, la Municipalidad o las empresas habilitadas para tal fin.

13.- ¿Necesito una nota de alta para reabrir mi establecimiento?

Sí. Efectivamente, se deberá contar con la autorización de reapertura correspondiente para reabrir.

14.- ¿Quién emite autorización para poder reabrir?

El Ministerio de Salud de la Provincia.

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