Los montos de este tributo se actualizan en enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando la variación del Índice de Precios al Consumidor de los tres meses anteriores.
El Poder Ejecutivo justificó esta medida al señalar que «las circunstancias imperantes y la necesaria estabilización de los precios ameritaron disponer, a través del Decreto N° 381 del 28 de mayo de 2019, que la actualización realizada en el mes de abril de 2019, surtiera efectos a partir del 1° de julio de 2019, inclusive».
Pero aclaró que «la evolución de las variables tenidas en cuenta para el dictado del referido decreto tornó oportuno morigerar el impacto de esa actualización por lo que, mediante el Decreto N° 441 del 28 de junio de 2019, se estableció que una parte sustancial del incremento del impuesto surtiera efectos a partir del 1° de agosto de 2019, inclusive».
«En esta ocasión y por similares cuestiones, resulta conveniente prever una mayor gradualidad, determinando que el incremento total en los montos del impuesto originado en la actualización de que se trata, surta efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de septiembre de 2019, inclusive», añadió la Casa Rosada.
Consultado en radio La Red, el vocero de Cámara de Empresarios de Combustible, Gabriel Bornoroni, destacó que tras la medida del Ejecutivo «la petroleras no trasladaron el incremento al precio final en los surtidores». Sin embargo, reconoció que el consumo durante el primer semestre del año «tuvo una leve caída del 4%, y un traslado de los productos premium a los no premium de un 30%».