En una audiencia que se concretó, mediante plataforma tecnológica, el juez de Control y Garantía de la Circunscripción Banda, Dr. Carlos Eduardo Ordoñez Ducca, ordenó una serie de medidas restrictivas que un imputado del delito de hurto simple, deberá cumplir en el plazo de ciento ochenta días.
En dicho marco, el magistadro dispuso que el sujeto deberá fijar domicilio real, el cese de todo acto de violencia en cualquiera de sus formas, perturbación, intimidación u hostigamiento directo o indirecto (llamadas telefónicas, mensajes de texto, redes sociales; obligación de abstenerse de cometer nuevos delitos
Además, la prohibición de consumir bebida alcohólicas, drogas y/o estupefaciernte, así como informar el cambio de lugar de residencia y la prohibición de salir de la provincia sin la debida autorización del tribunal y de Unidad de Fiscalía.
En tanto, debe abstenerse de realizar cualquier acto que pueda obstaculizar la investigación y la actuación de la ley, así como la prohibición de tenencia y/o portación todo tipo de armas de fuego o blancas.
Asimismo, debe concurrir a todas las citaciones que realice fiscalía y concurrir cada 30 días a la misma para firmar el libro de presencia y la prohibición de acercamiento a los dos establecimientos educativos.
Debe consignarse, que el 19 de febrero del corriente año, el imputado se apersonó en la Escuela Nº 226, Francisco de Aguirre, identificánddose como un técnico informático y al acceder al mismo, se habría apoderado ilegítimamente de tres notebook.
Mientras que cuatro días después, se presentó en la Escuela Nº 55 «Amadeo Jacques», como un representante de un servicio técnico para solucionar un problema de internet. En la ocasión, habría sutraído cinco computadoras notebook.
Cabe consignar, que en la audiencia, el magistrado no hizo lugar al pedido de prisión preventiva formulado por la fiscalía y ordenó la liberación del imputado.