La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( Anmat ) dispuso este viernes la prohibición de productos alimenticios, cosméticos y médicos a través de la publicación en el Boletín Oficial de diez disposiciones. A continuación, cuáles son esos productos, marcas y lotes.
Disposición 4263/2017. «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: «OPTI-MEN», multivitamínico en tabletas, de Optimum Nutrition Inc, como así también todo alimento que presente la hierba «saw palmetto (Serenoa repens)» en su composición».
Disposición 4266/2017. «Prohíbese el uso y distribución de los siguientes productos médicos: a).- Punta para desvastado artroscópico (punta de Shaver) grabada como «DYONICS» rotulada como «ARTHROSCOPIC SURGERY BLADE / CUCHILLAS QUIRÚRGICAS ARTROSCÓPICAS DYONICS, SMITH&NEPHEW», sin datos de importador responsable en Argentina; b).- Punta para desvastado artroscópico (punta de Shaver) grabada como «DYONICS» rotuladas como «DYONICS, REPROCESSED BY STRYKER SUSTAINABILITY SOLUTIONS», sin datos de importador responsable en Argentina; c).- Punta para desvastado artroscópico (punta de Shaver) grabada como «DYONICS» rotuladas como «MEDLINE RENEWAL DYONICS, REPROCESSED BY MEDLINE RENEWAL», sin datos de importador responsable en Argentina».
Disposición 4268/2017. «Prohíbese el uso y comercialización de los productos «ESENCIA NATAL gel sanitizante – elimina todas las bacterias – alcohol en gel – jazmín tilo – alcohol en gel antibacterial sin acción terapéutica, cont. neto 60 ml, MS y AS Res. 155/98, elaborador: 2755, Industria Argentina»; sin datos de lote y fecha de vencimiento y «ESENCIA NATAL naranja – jabón Cardam, peso neto 30 gr, RMS y AS 337/92, leg. 1736, Industria Argentina»; sin datos de lote y fecha de vencimiento».
Disposición 4271/2017. «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: «(especias-cereales-snacks) marca KATY del establecimiento J&D, RNE N° 23003619″ sito en Jujuy 2878, San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán así como de todo producto del RNE citado».
Disposición 4273/2017. «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos los productos elaborados por el establecimiento Copetín UuHm, RNE N° 04002922».
Disposición 4275/2017. «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: «Fat Destroyer, marca Lipo 6 Black, ultra concentrate cápsulas», elaborado por Nutrex Research Inc., «Dehydroepiandrosterone Supplement, marca Ultimate Nutrition DHEA», «Dietary Supplement, marca Black Mamba Hiperpush», «Dietary Supplement, marca Dablos ECA Fire Caps», «Dietary Supplement Super Thermogen, marca Muscletech Hydroxycut Hardcore», «Fast – Acting liquid capsule Nutrex Research, marca Lipo 6 Accelerated Fat – Loss Formula» y «Suplemento dietario a base de Tribulus Terrestris, Marca Star Nutrition, RNPA: 4049-26293».
Disposición 4277/2017. «Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional, a excepción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de todos los lotes del producto rotulado como: «Agua Oxigenada 10 vol por 1000 cc, NUEVA ONIX» sin datos de registro ante ANMAT».
Disposición 4279/2017. «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto «Aceite de Oliva», marca Ángel del Olivar, elaborado y envasado en origen: Aimogasta, RNPA N° 02-482211, RNE N° 21-001452, así como de todo alimento del RNE citado».
Disposición 4281/2017. «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto «Suplemento dietético, ECOLOGICA – NATU-DIET, E.N.D. STEVIA E.N.D. CEREALES ENDULZANTE NATURAL, La Paz, Bolivia».
Disposición 4284/2017. «Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto «Aceite de Oliva extra virgen», marca: Olivares Verderó Premium, RNE N° 04003172, RNPA N° 04030403, elaborador: Establecimiento Las Palmas, Cruz del Eje, provincia de Córdoba, así como de todo alimento del RNE citado».
Fuente: la nación