Presentaron el primer amparo contra el DNU de Javier Milei

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El partido Unidad Popular, integrante de Unión por la Patria, presentó el primer amparo contra el DNU de Javier Milei. El documento fue firmado en conjunto con la CTA Autónoma, ATE, el Observatorio por el Derecho a la Ciudad, el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas y el Movimiento La Ciudad Somos los que la Habitamos.

El decreto del presidente constituye 366 artículos donde deroga leyes como la de Alquileres, de Góndolas, de Abastecimiento y otras, y prevé la privatización de empresas públicas, la cesión del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas, modificaciones a la medicina prepaga y las obras sociales.

Entre las repercusiones, se incluye el amparo presentado por la UP, y un comunicado donde el presidente de este partido, Claudio Lozano, declaró que el DNU es “inconstitucional y carente de todo fundamento. Milei pretende avanzar en su estrategia de demolición sobre la sociedad argentina”, y agregó: “Presentamos acción judicial contra el DNU de Milei por inconstitucional y antidemocrático para que se declare su nulidad insanable”.

Javier Milei y su gabinete en el mensaje grabado por cadena nacional. (Foto: Presidencia)
Javier Milei y su gabinete en el mensaje grabado por cadena nacional. (Foto: Presidencia)

Los referentes de las demás organizaciones que firmaron en la solicitud de amparo colectivo Jonatan Baldiviezo, fundador de la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad; María Eva Koutsovitis, fundadora de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes la Habitamos; Hugo Ernesto “Cachorro” Godoy, Secretario General de la CTA Autónoma Nacional y Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.

En el documento, se exige que se declare “la inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y de toda normativa o acto que derive de su vigencia o dictado en su cumplimiento por violar la Constitución de la Nación Argentina (artículos 29, 33, 36, 76; art. 75, incisos 18 y 19, artículo 99, inciso 3)”, así como el artículo 24 de la ley 26.122 (Régimen legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia, de delegación legislativa y de promulgación parcial de leyes), donde se remarca el bicameralismo.

Además, denuncian que el decreto constituye “el ejercicio de facultades extraordinarias y facultades equivalentes a la suma del poder público, una desviación de poder y un abuso de derecho público”, y remarca que viola “principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y los derechos colectivos de la ciudadanía argentina a la participación en la dirección de los asuntos públicos directamente o a través de sus representantes”.

De igual forma, las organizaciones pidieron que se dicte como medida cautelar “la suspensión de los efectos y vigencia del DNU 70/2023 y de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento” y la suspensión de “los efectos y la vigencia del art. 24 de la Ley N° 26.122 para el tratamiento del DNU 70/2023″

La causa judicial fue caratulada “Asociación civil Observatorio del derecho a la ciudad y otros” y quedó radicada en el Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Federal N° 2 a cargo del Dr. Esteban Carlos Furnari.

TN

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