Avanza el juicio contra tres integrantes de una familia por el delito de «captación de mujeres para ser sometidas a la explotación sexual». Esta banda captaba chicas jóvenes y las sometía a un sistema de citas. Ellos se llevaban la mitad de la plata que se recaudaba.
El fiscal federal Ricardo Rafael Toranzos acusó y pidió juicio para los integrantes de la banda. El juez federal de Revisión Santiago French, quien dirigió la audiencia de control de acusación celebrada el lunes pasado y también resolvió otros planteos preliminares, hizo lugar a la acusación y dispuso la remisión del caso a juicio, luego de expedirse respecto al ofrecimiento de pruebas de las partes.
El caso presentado por el fiscal tiene a una pareja de hermanos y el concubino de uno de ellos como responsables de distintas maniobras que tuvieron como objeto la captación de mujeres, en especial de 18 a 25 años, para ser explotadas sexualmente mediante un sistema de citas o «escort».
La pesquisa se inició el 22 de mayo de 2020 a partir de la denuncia realizada por dos mujeres, quienes aportaron datos que desde una cuenta en Facebook se ofrecía trabajo, pero solo se trataba de una fachada. Al avanzar con las tareas investigativas, que incluyeron la utilización de un «agente revelador», se pudo establecer que la oferta de trabajo era concretamente para los servicios de citas, cuyos valores oscilaban entre los 800 y 1.500 pesos, quedándose los acusados con el 50% de las ganancias.
Tras reunir suficientes elementos probatorios, incluidas vigilancias y registros fílmicos, entre otros, la fiscalía solicitó el allanamiento de nueve inmuebles, uno en Córdoba y el resto en Salta, respecto de los cuales se estableció que seis estaban destinados a la explotación sexual. Estas medidas se concretaron el 20 de julio de 2020, oportunidad en la que se rescataron siete víctimas y se secuestraron varios elementos de prueba, lo que llevó a la fiscalía a formalizar la imputación penal contra dos mujeres y un hombre, a los cuales luego se sumó otro implicado más.
La principal acusada llegó a un acuerdo con el Ministerio Público Fiscal para brindar información sobre la causa, para atenuar la pena.
Se trata de un hermano, quien fue imputado con prisión preventiva el 30 de en noviembre del año pasado por la misma calificación penal. La fiscalía llegó a él al seguir la ruta del dinero que movían los acusados, estimado en sumas que superaron el medio millón de pesos.
Pedido de sobreseimiento
Tras formalizar la acusación contra los dos hombres y dos mujeres por parte del MPF, la defensa oficial, a cargo de Gala Poma, interpuso un planteo preliminar en el marco del artículo 279 del Código Procesal Penal Federal (CPPF), que permite instar el sobreseimiento en la audiencia de control de acusación.
La defensora así lo hizo respecto a una de las acusadas, detenida el 20 de julio, basando su planteo sobre declaraciones brindadas por las víctimas rescatadas, de quienes resaltó expresiones que desvinculaban a su defendida. A partir de ello, sustentó la condición de víctima de su defendida, ya que también realizaba servicios sexuales y pagaba el 50% exigido por la principal imputada; también indicó que la tarea de captación achacada por la fiscalía le era impuesta a todas las mujeres explotadas.
La defensora pública también rechazó que hiciera tareas de recolección de dinero desde los distintos inmuebles y afirmó que su defendida fue introducida por otra de las mujeres que eran sometidas a esta actividad, la cual reconoció como un flagelo para las mujeres.
Respecto a este planteo de sobreseimiento, el fiscal mantuvo la acusación por entender que existen pruebas suficientes en su contra, entre ellas el registro de IP de la computadora secuestrada a la imputada, desde la cual se emitió la falsa publicidad de oferta de trabajo, mediante la cual se captaba a las mujeres para luego ser explotadas sexualmente. Agregó que los fundamentos expresados ya habían sido expuestos en un planteo anterior, en el cual la defensora oficial reclamó también el sobreseimiento por atipicidad que fue rechazado por el juez de Garantías a cargo de la audiencia.
Toranzos resaltó que además del rastro informático que condujo a la acusada, se pudo probar, con tareas de seguimiento y registros fílmicos, que se encargaba de recolectar el dinero de los distintos departamentos, mientras que en las publicidades que los acusados realizaron en sitios web, los teléfonos de contacto para los futuros clientes, pertenecían a la imputada. De esta manera, y tras celebrar el cambio de postura de la defensora respecto a la condición y estado de vulnerabilidad de las mujeres explotadas, reconociéndola como «una víctima más», el fiscal pidió el rechazo del sobreseimiento.
Una de las acusadas fue sobreseída
El abogado Marcelo Pío Castellani, defensor de uno de los imputados, quien era responsable del traslado de las mujeres explotadas y otras tareas, también alegó por el sobreseimiento de su cliente, en razón de que las víctimas, según afirmó, “desconocieron” su participación en los hechos imputados.
Reconoció que el hombre conoció en Córdoba a la principal acusada, con quien inició una relación de pareja, de la cual nació un hijo en común, hecho por el cual ofreció prueba e intentó invalidar lo declarado por su pareja, quien celebró un acuerdo de colaboración con la fiscalía y, en ese marco, comprometió la situación de su cliente.
Por ello, solicitó la nulidad del acuerdo, planteo al cual se opuso el defensor oficial Martín Fleming, en representación de la principal acusada, por considerar que el convenio acordado con la fiscalía se realizó dentro de las exigencias legales requeridas, sin hacer otras objeciones.
En estos casos, la fiscalía solicitó el rechazo de lo pedido por el defensor Pío Castellani y acompañó el pedido de Fleming, en cuanto a la validez del acuerdo de colaboración celebrado por la fiscalía con la imputada principal. Además, desde el Área de Casos Complejos se fundamentó que respecto al causante, se encontraba fehacientemente probado su participación en los hechos.
Al resolver los planteos, el juez French hizo lugar al pedido de la defensora Poma y sobreseyó a una de las acusadas por considerar que no existían elementos suficientes respecto a su rol en la conducta delictiva achacada. Coincidió con la defensa respecto a la condición de víctima de la organización desarticulada por la fiscalía, la cual, por su parte, hizo reserva de impugnar tal decisión. En cuanto al pedido de nulidad del acuerdo de colaboración, rechazó tal solicitud y confirmó con ella la postura del representante del Ministerio Público Fiscal.