El Senado de la Nación aprobó en general el nuevo régimen especial de contrato de trabajo para personal de casas particulares, que contaba con media sanción de diputados.
Al respecto la senadora Ana Corradi, vicepresidenta de la Comisión de Trabajo, expresó en el recinto: “Este proyecto tiene la finalidad de regular las relaciones laborales de los trabajadores domésticos. Contribuye a igualar los derechos de estos trabajadores con el resto de los trabajadores en relación de dependencia”.
El proyecto volverá a la Comisión de Trabajo y Previsión Social donde se analizarán en particular cada artículo.
Algunos de los puntos del proyecto
Reconoce al personal doméstico idénticos derechos y beneficios del resto de los trabajadores amparadas por la ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo).
Algunos de los beneficios de la nueva norma establecen jornadas laborales limitadas a las 8 horas diarias y 48 horas semanales. Podrá algún día ser de 9 horas con distribución desigual de la carga horaria, sin que supere los límites establecidos.
Otros aspectos de la iniciativa propone las vacaciones pagas, licencia por maternidad de tres meses (comenzando 45 días antes del parto), aguinaldo e indemnización por despido que se duplicara respecto de los niveles actuales.
Además el texto establece que las empleadas de casas particulares tendrán la misma cantidad de días de licencia por enfermedad que las establecidas en la ley de contrato de trabajo.
El empleador deberá contratar un seguro de riesgo de trabajo.
Se prohíbe la contratación de menores de edad.
Los empleadores tendrán 120 días para formalizar la relación laboral.
Los descansos serán de un mínimo de 35 horas semanales a partir del sábado a las 13, mientras que la cantidad de días de vacaciones se equiparan a lo que establece la ley de trabajo con 14 días por año y que aumentan según la antigüedad.
Claro está que cada una de estas modalidades tiene su particularidad según si se trata de empleados con o sin retiro de la casa particular y además, si es trabajo en casa única o en varias casas a la vez.
Actualmente los derechos del empleado doméstico existe en el decreto 326/56 y la obligación del empleador de blanquear al trabajador domestico a través de la resolución de la AFIP que creo el régimen simplificado.
La ley actualiza los derechos del trabajador igualándolo al resto de los empleados en relación de dependencia amparados por la ley de trabajo y le da fuerza de ley a la resolución de la AFIP
En síntesis, “la aplicación de este proyecto va a producir la disminución en los índices de trabajo no registrado o informal», explicó Corradi.
Y agregó: “Constituye un avance en la conquista de los derechos de un sector históricamente desprotegido”.