El próximo martes, en la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados de la provincia, tomará estado parlamentario un Proyecto de Ley a través del cual se procura la creación del Programa de Reparación Histórica para la ciudad de La Banda.
La iniciativa fue elaborada por la diputada Beatriz «Betty» Luján, perteneciente al bloque de La Libertad Avanza.
La legisladora recordó, «en 2007 el Municipio de La Banda inició acción contra la Provincia para exigir el cumplimiento de la ley provincial 6426 de coparticipación municipal. El planteo central fue que se seguían usando los índices del decreto 1.309/98 basados en el censo de 1991, sin actualizarlo con los datos del censo 2001 ni posteriores».
Agregó, «la ley 6.426 estable que el 98 % de la masa coparticipable debe repartirse, considerando entre otros, población, necesidades básicas insatisfechas y población rural atendida por el municipio. El art. 3° obliga al Ministerio de Economía a elaborar índices anuales de distribución usando el mismo censo».
Luján explicó, «la falta de actualización genera perjuicio económico, trato desigual y afectación a la autonomía municipal. La Corte y la Procuración señalaron que el caso afecta: *La autonomía municipal garantizada por el art. 5 ° y 123 de la Constitución Nacional. Y 204 de la Constitución Provincial».
La referente de La Libertad Avanza manifestó, «el crecimiento sostenido de su población no ha sido acompañado por una inversión pública proporcional a su importancia estratégica. Miles de bandeños observan como año tras año se anuncian millonarios presupuestos provinciales mientras persisten problemas estructurales vinculados a pavimento, desagües, agua potable, cloacas, salud, seguridad y generación de empleo».
«La Banda aporta al crecimiento provincial, pero no recibe igual medida las inversiones necesarias para garantizar calidad de vida y oportunidades de desarrollo. No se trata de un privilegio ni de una concesión política, se trata de reparar décadas de desequilibrio en la asignación de recursos públicos. Esta reparación implica reconocer institucionalmente que existe una deuda de infraestructura y desarrollo con los vecinos de La Banda, una deuda que debe ser abordada mediante una política pública transparente, medible y con control legislativo», justificó la representante del pueblo.
El proyecto de Ley establece lo siguiente:
Artículo 1: crease el programa de reparación histórica para el desarrollo estratégico de la ciudad de La Banda, con el fin de revertir las asimetrías en infraestructura, economía, transporte y desarrollo social.-
Artículo 2: El Poder Ejecutivo, asignara una partida presupuestaria, plurianual, obligatoria, por un término de 10 diez años, prorrogable por igual periodo por el poder legislativo.
Artículo 3: Establecerse la ejecución prioritaria de obras públicas esenciales, esto incluye pavimentación de accesos periféricos, ampliación de redes de agua potable, desagües pluviales urbanos y reconversión lumínica total a tecnología led.
Artículo 4: Dispóngase la revalorización integral de la infraestructura ferroviaria de la Ciudad como nodo histórico del norte argentino. Se financiará la modernización de la estación ferroviaria con pasos bajo nivel y la optimización del transporte público, urbano e interurbano.
Artículo 5: Promuévase la radicación y ampliación de sedes universitarias e institutos de formación superior, se financiará la creación del primer polo tecnológico y de innovación de la banda para incentivar el empleo joven en software y servicios basados en el conocimiento.
Artículo 6: Declárese de interés nacional, provincial el patrimonio intangible de La Banda, cuna de poetas y cantores. Crease un fondo permanente para el financiamiento de espacios culturales, preservación de museos históricos y fomento de las industrias creativas locales.
Artículo 7: El fondo reparación histórica se constituirá con los siguientes recursos:
• Partidas específicas asignadas anualmente en el presupuesto general
• Aportes de fondos específicos de organismos internacionales de crédito.
• Porcentajes adicionales derivados de la coparticipación.
Artículo 8: Facúltese al poder ejecutivo a otorgar beneficios fiscales y exenciones impositivas por un lapso de 5 cinco años a las industrias y comercios que se radiquen en el parque industrial de la ciudad y generen empleo genuino local.
Artículo 9: Crease una comisión bicameral integrada por legisladores, autoridades del poder ejecutivo provincial y representas del municipio de la Ciudad de La Banda. -Su función será auditar de manera semestral el avance físico y financiero de las obras y programas ejecutados. –

