Un hombre perdió la vivienda que le había otorgado el Estado después de que su expareja lo denunciara por violencia de género y asegurara que tuvo que abandonar el inmueble junto con su hija.
Tras considerar que la medida había sido injusta, el hombre demandó al Gobierno del Chaco con el objetivo de recuperar la casa. Sin embargo, la Justicia rechazó su planteo y consideró válida la actuación de la administración provincial.
El conflicto llegó hasta el Superior Tribunal de Justicia del Chaco, que analizó la decisión del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda (IPDUV) de dejar sin efecto la adjudicación que años antes había beneficiado al grupo familiar.
Según surge del expediente, la casa había sido adjudicada en 2008. Con el paso de los años, la pareja se separó y el organismo provincial inició actuaciones para revisar la situación del inmueble.
Durante ese proceso, el Estado tomó conocimiento de una denuncia por violencia de género presentada por la mujer, quien manifestó que había tenido que abandonar la vivienda junto con su hija para resguardarse de los golpes y las amenazas que, según denunció, había sufrido durante años.
Ante esa situación, el Gobierno del Chaco resolvió dejar sin efecto la adjudicación al hombre y avanzar con la posibilidad de otorgar la vivienda a su expareja, siempre que ella cumpliera con los requisitos establecidos por la normativa correspondiente.
El hombre cuestionó la medida y sostuvo ante la Justicia que la decisión administrativa había sido arbitraria. Según su planteo, había cumplido con las obligaciones necesarias para mantener la adjudicación del inmueble.
Además, cuestionó que el Estado hubiera tomado la decisión a partir de hechos que, según su postura, no estaban debidamente acreditados, mientras la causa penal todavía se encontraba en trámite.
Sus argumentos, sin embargo, fueron rechazados tanto en una instancia anterior como posteriormente por el Superior Tribunal de Justicia del Chaco.
Los jueces consideraron que la administración provincial había actuado dentro de sus facultades y que el caso debía analizarse con perspectiva de género, de acuerdo con la normativa argentina y los compromisos internacionales asumidos para proteger a las mujeres frente a situaciones de violencia.
El máximo tribunal provincial destacó que los organismos estatales tienen la obligación de adoptar medidas de prevención y respuesta ante casos de violencia de género.
“Desde esa especial mirada, además de dar una respuesta al problema individual, debe instalarse en la sociedad la idea de que estas cuestiones no son toleradas, ni quedan impunes y deben ser adecuadamente reparadas”, señalaron los jueces.
Asimismo, el tribunal entendió que la medida adoptada por el Gobierno provincial estaba respaldada por las actuaciones administrativas y los elementos reunidos durante el expediente.
Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso presentado por el hombre y dejó firme la decisión administrativa que había revocado la adjudicación, tras una disputa judicial que se extendió durante varios años.
Fuente: tn

