Desde el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia se informó que, ante versiones que circulan en las Redes Sociales, respecto de recargos que se realizan a los beneficiarios de Tarjetas Sociales y Alimentar, se deja en claro que no se puede efectuar recargos en los precios de la mercadería adquirida, ni descuento alguno de los montos autorizados a sus titulares.
La Ley Nacional 25.065, en su Art. 37 inc. C, establece expresamente esa prohibición, cuando el pago se efectúa con Débito, como es el caso de éstas tarjetas.
«Se advierte a los comerciantes que se actuará con la rigurosidad que corresponde, en defensa de los derechos de las familias beneficiarias de las tarjetas.